jueves, 16 de marzo de 2017

Gobierno de Brasil reglamenta funciones de ANVISA e INPI sobre patentes de medicamentos


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Agencias.-
 Como es de conocimiento público, las solicitudes de patentes para su aprobación en el área farmacéutica, la Ley de la Ley de Propiedad Intelectual de Brasil 9279/96 - LPI actualmente requiere el consentimiento previo de ANVISA (Agencia de Vigilancia Sanitaria).
La Ordenanza Interministerial de 1065, al 25 de mayo, de 2012, establece que la solicitud de patente de área farmacéutica debe ser presentada a la ANVISA para su aprobación previa antes de ser evaluados por el INPI y, en el caso de la ANVISA negar ese consentimiento previo, la aplicación debe ser devuelto al INPI con el fin de ser archivada.

Después de siete años, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) llegaron a un "acuerdo" sobre las normas para la concesión de las patentes de medicamentos. Un decreto conjunto que se publicará en los próximos días definirá las responsabilidades de cada entidad al evaluar las solicitudes.
Analistas temen fin de genéricos

"La rueda se movera de nuevo", dijo en una entrevista el director general de la ANVISA, Jarbas Barbosa. Se estima que, debido a la comprensión del conflicto, al menos 21.000 solicitudes de patente relacionados con medicamentos se acumulan en el INPI y ANVISA.

Sin embargo, analistas brasileros temen una avalancha de otorgamiento de patentes farmacéuticas y el fín de los genéricos. Con el cambio de gobierno prevaleció la posición del INPI, aseguran.


La controversia entre la ANVISA y el INPI tuvo como punto de partida el consentimiento previo, un mecanismo previsto por la ley que permitió a la Anvisa opinar sobre los procesos para la concesión de la patente. El INPI lo considera en cambio como una especie de "intervención" en su trabajo. Esto se debe a que la evaluación de Anvisa se hace sólo después de la evaluación de la INPI.

Debido al conflicto, una cantidad considerable de procesos está sin resolver aseguran quienes están a favor del patentamiento de medicamentos de empresas transnacionales. El "estancamiento" ha empeorado en 2009, cuando el dictamen del Procurador General de la República ha limitado el papel de la ANVISA, la determinación de que la agencia podría encajar solamente para evaluar la seguridad y eficacia del fármaco.

Se formó un grupo de trabajo y en 2012 comenzó a perfilarse un entendimiento. Se determinó un cambio en el proceso: Anvisa examinaría las solicitudes ante el INPI. "Esta solución, sin embargo, nunca se ha puesto en práctica. Los problemas continuaron  y se agrandaron ", dijo el director de Anvisa.

El nuevo formato, aprobado ayer por el Consejo Ejecutivo de la Anvisa, determina que corresponde al análisis de datos de Anvisa relacionados con la salud y al INPI, la evaluación de los datos de patentabilidad (innovación, la inventiva y aplicación industrial). En cuestiones fronterizas consideradas, las reglas se definen por medio de la comprensión creada por un grupo intersectorial integrado por representantes de ambas Anvisa como el INPI.


Después de Anvisa dar asesoramiento técnico, el caso es remitido al INPI, que aceptará o no  la evaluación de la Anvisa. Si la comprensión del INPI es contraria a Anvisa, el INPI prevalecerá. Sin embargo, el INPI tendrá que justificar la decisión.
 
También establecerá la articulación de un Grupo Interinstitucional, con la participación de representantes del INPI y la ANVISA, con el fin de promover el intercambio de información técnica y la armonización de la comprensión de los procesos.

 

Traducción: obsupat