ladiaria.com.uy.- Las disposiciones sobre propiedad intelectual son el capítulo más polémico del acuerdo entre la Unión Europea y el Mercosur, a juzgar por la cantidad de texto “encorchetado” (sin acuerdo entre las partes) que contiene.
Según el texto filtrado por Greenpeace Holanda,
correspondiente a la ronda de negociación de julio, este capítulo
obligaría a Uruguay a adherir o a incorporar los principios del
Protocolo del Acuerdo de Madrid sobre el Registro Internacional de
Marcas y del acuerdo de La Haya sobre el Registro Internacional de
Diseño Industrial.
Según explicó a la diaria Cristina Dartayete, directora
nacional de Propiedad Industrial del Ministerio de Industria, Energía y
Minería (MIEM) entre 2005 y 2010, Uruguay siempre se opuso a adherir a
estos acuerdos porque implican que si el país no concede la marca o el
diseño industrial que se le está solicitando, estos se pueden reclamar
ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), y este
organismo internacional puede conceder estos derechos para su aplicación
en Uruguay.
Otra disposición del Tratado de Libre Comercio (TLC) que sería
novedosa para Uruguay es la adhesión propuesta al UPOV 91, que es una
convención internacional para la protección de nuevas variedades de
plantas. Dartayete explicó que Uruguay no forma parte de este acuerdo
porque implica la imposibilidad de revender o plantar semillas de nuevas
variedades sin pagar los derechos correspondientes.
Propiedad intelectual
El capítulo sobre propiedad intelectual del TLC Mercosur-Unión
Europea regula derechos de autor, marcas, diseño industrial,
indicaciones geográficas –sobre este punto hay un documento específico
en el acuerdo– y patentes. La UE pretende que el acuerdo alcance también
a las variedades vegetales, pero el Mercosur se oponía, al menos hasta
la ronda de julio de este año.
Además, la UE propone incorporar una disposición que señala que las
partes reconocen “el impacto de las tecnologías de la información y la
comunicación en el uso de las obras literarias y artísticas, las
actuaciones artísticas, las producciones fonográficas y transmisiones”, y
que, por lo tanto, reconocen “la necesidad de proveer una protección
adecuada a los derechos de autor y derechos conexos en el ambiente
digital”.
El Mercosur incluyó una propuesta, con la que la UE no está de
acuerdo, para proteger la biodiversidad y el “conocimiento tradicional”,
y las “innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y
locales”. La iniciativa del bloque regional sudamericano establece que
las partes “reafirman sus derechos soberanos sobre sus recursos
naturales” y reconocen “la contribución pasada, presente y futura de las
comunidades indígenas y locales a la conservación y uso sustentable de
la diversidad biológica”, así como su aporte a la “cultura y el
desarrollo económico y social de las naciones”. Proponen que los
beneficios que surjan de la comercialización de productos que se
elaboren en base a recursos genéticos o conocimiento tradicional
asociado “se compartan de manera justa y equitativa” con el país de
origen de esos recursos.
Transparencia
Además, el Mercosur promueve la transparencia en varios aspectos, y, a
juzgar por el texto filtrado, la UE no acuerda otorgarla. Por ejemplo,
propone un artículo denominado “Rendición de cuentas a la sociedad
civil”. Allí señala que las partes deberán “hacer sus mejores esfuerzos
para mejorar y volver más transparente y eficientes los procedimientos
para la concesión de patentes”. “Cada parte deberá monitorear, evaluar e
informar públicamente de forma clara y comprensible sobre el desempeño
de su oficina de patentes en términos de promoción de la innovación,
transferencia de tecnología, acceso a la salud”, indica la propuesta del
Mercosur, que no había logrado consensuar con la UE en julio.
Además, el Mercosur propone que la protección por derechos de autor
para las obras literarias y artísticas se extienda por 50 años luego de
la muerte del autor, y la UE propone, en cambio, que la protección se
extienda por 70 años posteriores al fallecimiento del autor. Están
exceptuadas de las disposiciones sobre derechos de autor los comentarios
y noticias sobre las obras, la enseñanza, la investigación (“siempre
que se indique la fuente”, acota la UE), la accesibilidad para personas
con discapacidad. Sin embargo, la UE propone luego un agregado que
establece que estas excepciones “deberán limitarse a casos especiales e
implementarse de forma que no entren en conflicto con la explotación
normal de la obra y que no perjudiquen los legítimos intereses del
poseedor de los derechos de autor”.