Carlos Correa * / Cronista.com.- El futuro del acuerdo comercial entre la Unión Europea (UE) y
Mercosur es incierto. Los dos bloques regionales no han podido llegar a
acuerdos sobre varios temas, particularmente el grado de apertura del
mercado europeo para la exportación de productos agropecuarios. Pero hay
otras divergencias importantes; una de ellas concierne la propiedad
intelectual.
Los países del Mercosur cumplen con los estándares
internacionales para la protección de la propiedad intelectual (marcas,
patentes y derechos de autor) estipulados en el acuerdo de la
Organización Mundial del Comercio (OMC) conocido (por su sigla en
inglés) como acuerdo "Trips". Los países europeos participaron
activamente en la gestación y aprobación de esos estándares, que
reflejan esencialmente las condiciones e intereses de los países más
adelantados. Sin embargo, en el acuerdo que se negocia con Mercosur, la
UE -al igual que lo ha hecho en otros acuerdos comerciales- pretende
ampliar la protección de la propiedad intelectual más allá de lo que el
acuerdo "Trips" establece, en perjuicio de los intereses de consumidores
y la industria del Mercosur. Dos ejemplos sirven para ilustrarlo.
Las patentes duran por 20 años, vencidos los cuales
la invención cae en el dominio público, es decir, cualquiera puede
explotarla sin necesidad de autorización o compensación alguna. Este
plazo es más que suficiente para recuperar cualquier costo de
investigación y desarrollo (IyD) en que se hubiera incurrido. Más aún,
puede resultar excesivo, como lo observó Gary Becker, premio Nobel de
economía, quien ha abogado por reducir el plazo de las patentes a la
mitad (10 años) incluyendo para medicamentos. La UE pretende, por el
contrario, que se extienda la duración de las patentes sobre
medicamentos más allá de los 20 años. El cuestionable argumento de la UE
es compensar al titular de la patente por el tiempo insumido para la
aprobación de un medicamento para su comercialización. Pero ello ignora
que cuanto más dure la patente, más se demorará el ingreso de
competidores al mercado, sin que ello represente un incentivo genuino
para impulsar la LyD en el Mercosur o fuera de él. Las consecuencias son
obvias: mayores precios y gasto en medicamentos, en algunos casos (como
en el de los productos para el cáncer de alto costo) la lisa y llana
privación del acceso a los pacientes, y la sustitución de la producción
local por productos importados.
Otro ejemplo es la pretensión de la UE de que se
cree una nueva barrera para el acceso a los medicamentos (aun cuando no
estuvieran patentados) consistente en la llamada "protección exclusiva
de datos de prueba". Se trata de que por un período (que en la UE puede
llegar a 11 años) la autoridad sanitaria no pueda aprobar la
comercialización de un medicamento sobre la base de los datos de prueba
obtenidos por la empresa que realizó originalmente los estudios clínicos
respectivos. Este tipo de protección (no requerida por el acuerdo
"Trips") implica excluir la competencia por un largo período, a menos
que se dupliquen inútilmente estudios clínicos cuyos resultados ya se
conocen. Un reciente estudio de FIEL estimó que la introducción de la
protección adicional demandada por la UE en la Argentina hubiera
implicado un aumento en el gasto en medicamentos de cerca de u$s 192
millones anuales (FIEL, Acuerdo de Comercio Mercosur-Unión Europea:
impacto sobre el gasto en medicamentos adquiridos en farmacias y por
PAMI, enero 2018).
Cualquier retórica sobre el impacto positivo que
tendrían las protecciones "Trips" plus demandadas por la UE sobre la
innovación es puramente especulativa. El Mercosur debe mantenerse firme
en rechazar esas demandas si quiere contener los gastos en salud, evitar
un aumento del déficit comercial, dar acceso a los medicamentos a
quienes los necesitan, y favorecer el empleo y la producción local. Ello
es particularmente válido en el caso en Argentina, cuyo primer plan
nacional de acción en Derechos Humanos 2017-2020 fija como uno de sus
objetivos el "garantizar el derecho a la salud".
*Director del Centro de Estudios sobre derecho industrial - UBA