agropopular.-La Gran Cámara de Recursos de la Oficina Europea de Patentes (OEP)
ha confirmado en un dictamen que las plantas y los animales obtenidos
exclusivamente por procedimientos esencialmente biológicos no son
patentables. Pone fin así a años de dudas en este ámbito.
Sin embargo,
algunas organizaciones agrarias advierten que todavía deben adoptarse
algunas decisiones políticas para “cubrir las lagunas existentes” de
forma definitiva.
En su dictamen, la Gran Cámara de Recursos concluye que las
plantas y los animales obtenidos exclusivamente por procedimientos
esencialmente biológicos no pueden ser objeto de una patente.
La Oficina se pronuncia, por tanto, en línea con la Comisión Europea,
los Estados miembros y el Parlamento Europeo, que desde hace años venían
pidiendo que no se concedieran patentes por semillas convencionales.
Algunos obtentores señalaban que habían recurrido a biotecnologías a lo
largo del proceso de selección para conseguir la patente de alguna de
estas semillas.
Sin embargo, la Gran Cámara de Recursos, la
autoridad judicial más alta de la Oficina Europea de Patentes, apunta
que esta decisión no tendrá efectos retroactivos y no se aplicará a las
patentes concedidas antes del 1 de julio de 2017 ni a las solicitudes de
patentes en trámite, lo que afecta a una veintena de expedientes.
Procedimiento esencialmente biológico
La
OEP modificó su reglamento interno en julio de 2017, ante la presión de
las instituciones europeas, con el fin de excluir la posibilidad de
conceder patentes a las plantas obtenidas por procedimientos de
selección esencialmente biológicos. Sin embargo, ello no impidió que una
de las cámaras de recursos de la Oficina abriera la puerta, a finales
de 2018, a la concesión de una patente a este tipo de semillas (en
concreto a una variedad de pimiento).
En el otoño de 2019, el
presidente de la OEP pidió a la Gran Cámara de Recursos que aclarara el
asunto. Ahora, en su dictamen, esta cámara ha confirmado que la
reglamentación debe interpretarse “de forma que no pueden patentarse las
plantas, el material vegetal o los animales si el producto en cuestión
se ha obtenido exclusivamente por medio de un procedimiento
esencialmente biológico o si las características del procedimiento de
que se trate definen un procedimiento esencialmente biológico”.
Persiste la preocupación
La decisión de la OEP contra la posibilidad de patentar semillas convencionales es un avance, en opinión de la Coordinadora Europea Vía Campesina,
“pero que podría terminar siendo inútil si el alcance de las patentes
concedidas para la información genética de las plantas o de los animales
modificados genéticamente puede ampliarse a las semillas y a los
animales obtenidos mediante cruces y selección convencionales”. En un
comunicado difundido el 19 de mayo, esta organización critica también
que esta decisión no tenga “efectos retroactivos aplicables a las
patentes concedidas antes del 1 de julio de 2017”.
Por su parte, la asociación No Patents on Seeds
(No a las patentes de semillas) aplaude la decisión, aunque también
exige “nuevas decisiones políticas para cubrir las lagunas existentes”.
Según ella, el acceso a la diversidad biológica necesaria para la
continuidad de la selección no debe ni controlarse, ni obstaculizarse,
ni bloquearse por ninguna patente. Para ello “hacen falta definiciones
claras para distinguir las invenciones técnicas patentables de los
procesos aleatorios utilizados en la selección convencional con el fin
de que las prohibiciones existentes sean eficaces”.