sábado, 25 de abril de 2026

Estándares comunes y sistemas interoperables: Latinoamérica perfila una arquitectura de propiedad intelectual distinta de la europea

 


 Por Rosa Ramos

Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi), a finales de 2025 y principios de 2026 el panorama global de la propiedad intelectual tuvo un crecimiento récord e hizo un giro definitivo hacia la digitalización, impulsada particularmente por los centros tecnológicos en Asia y a pesar de las diferencias económicas mundiales.

 

Por ejemplo, en materia de patentes, las presentaciones alcanzaron un máximo histórico de 3,7 millones de solicitudes en 2024 (con China en primer lugar); el registro de marcas se estabilizó y comenzó a repuntar, luego de un período de volatilidad pospandémica, con Estados Unidos, Alemania y China en los primeros lugares, y las solicitudes de diseño industrial crecieron 9,4 % en 2025 y alcanzaron cifras récord, especialmente en industrias orientadas al consumidor.

Mientras tanto, hubo varios cambios estructurales en el panorama de la PI, entre estos que Asia ahora representa más de 56 % de todas las solicitudes de patentes internacionales; que países como Turquía, Marruecos e Indonesia (de economías pequeñas pero emergentes) registraron aumentos rápidos en las solicitudes locales de PI, y que el mercado se ha hecho más litigioso, debido a que las resoluciones de disputas de PI manejadas por la Ompi aumentaron 70 % en 2025.

Esto es globalmente, pero ¿cómo está Latinoamérica? De acuerdo con Camila Garcindo Garrote, socia de PI, tecnología e innovación de Demarest Advogados (Brasil), en nuestra región, la propiedad intelectual se estructura predominantemente en torno a sistemas nacionales, pero existen experiencias de armonización regional, con distintos grados de profundidad y eficacia ejemplificada en la integración normativa de la región en materia de propiedad intelectual que ha hecho la Comunidad Andina.



La abogada explica que, mediante regímenes supranacionales comunes, los países andinos comparten conceptos, criterios materiales y parámetros procesales ampliamente estandarizados, que se aplican de forma directa y obligatoria en sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales, con la meta de promover la armonización legislativa, a pesar de que, a diferencia de la Unión Europea, la Comunidad Andina carece de títulos regionales unificados, por lo que las marcas, patentes y otros derechos se siguen registrando y otorgando a nivel nacional, aunque bajo un marco normativo común.

"El sistema andino promueve la convergencia jurídica, pero no centraliza el otorgamiento de derechos ni produce efectos territoriales automáticos en todos los países miembros. En el Mercosur, integrado por Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay, también existen iniciativas centradas en la cooperación y la armonización en materia de propiedad intelectual, aunque en una fase menos consolidada", apunta Garrote.

Esto hace que, a pesar de que existen protocolos sectoriales y acuerdos relacionados con marcas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, “algunos de los cuales han tenido una aplicación limitada o una implementación parcial por parte de los Estados miembros”, en general, a diferencia de la Unión Europea, tanto la Comunidad Andina de Naciones (CAN) como el Mercosur operan con modelos que priorizan la coordinación normativa y la cooperación institucional, sin la creación de sistemas regionales unificados, lo que pone de manifiesto diferencias relevantes, desde la perspectiva de la integración funcional, con respecto al sistema europeo.

Jaime Durand, socio de GSA Legal (Perú), explica que en comparación con la Unión Europea, Latinoamérica aún se encuentra en una etapa mucho menos integrada en materia de PI; mientras, si bien Perú está lejos de formar parte de un sistema plenamente integrado de PI, existen avances relevantes a nivel subregional, por lo que formar parte de la Comunidad Andina, junto con Ecuador, Bolivia y Colombia, le da cierta homogenización normativa y criterios de protección similares a los de los demás países miembro.



No obstante, para él, si Latinoamérica quisiera crecer de manera unificada en PI tendría que poner en marcha un proceso que requeriría cooperación institucional y una visión estratégica de largo plazo, usando como puntos de partida los acuerdos de esta materia en Mercosur y la CAN que, a decir de Juanita Pérez, socia de PI de Pérez-Llorca Colombia, ha demostrado que la armonización regional es viable si se actúa en frentes complementarios como la profundización de la armonización normativa y de criterios; el fortalecimiento de la cooperación entre oficinas nacionales de PI, especialmente en digitalización, examinación y observancia; la integración de la PI de manera más decidida en las políticas de innovación, competitividad y comercio regional, y la construcción de sistemas judiciales efectivos y especializados, que permitan hacer valer los derechos de propiedad intelectual de manera oportuna y consistente.

"Sin una defensa sólida, la PI pierde valor práctico. La confianza de los titulares, especialmente en un contexto regional, depende no solo de buenas normas administrativas, sino de la capacidad real de los tribunales para proteger esos derechos y garantizar su observancia. En este sentido, el fortalecimiento institucional de jueces, precedentes y mecanismos procesales es tan relevante como la armonización normativa", apunta.

Volviendo a Perú, Fabricio Sánchez, socio de competencia y PI de Benites, Vargas y Ugaz Abogados, aclara que su país está relativamente bien posicionado dentro de la región, por la fortaleza técnica de Indecopi (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual) y por la madurez de su institucionalidad en esta materia, pero que se sigue siendo parte de un ecosistema latinoamericano donde la protección, la defensa y la explotación de activos intangibles dependen todavía, en gran medida, de dinámicas locales y no de una verdadera estrategia regional integrada que contrasta con la de sistemas como la de la UE, que −además− ha demostrado que la integración en PI no se construye únicamente con normas comunes, sino con instituciones fuertes, confianza mutua entre autoridades, interoperabilidad técnica y una visión compartida del mercado.

"En América Latina, el primer paso debería ser profundizar la armonización sustantiva. No basta con compartir ciertos principios generales; necesitamos estándares más uniformes sobre registrabilidad, nulidad, observancia, entorno digital, protección de software, inteligencia artificial, licenciamiento y valorización de activos intangibles. La región ya tiene antecedentes útiles, especialmente en el ámbito andino, lo que demuestra que sí existen bases sobre las cuales construir", indica.



En contraste, Valeria Carrón, asociada sénior de BKM | Berkemeyer, cree que esta aparente fragmentación no necesariamente es una debilidad estructural permanente porque Latinoamérica se encuentra en un momento de evolución importante en materia de PI, “aunque todavía con un nivel de integración menor en comparación con regiones como la UE, específicamente porque en nuestra región predomina un enfoque nacional mediante el que cada país administra su propio sistema de registro y protección de derechos de activos intangibles, que, a pesar de la individualidad, no niega que Latinoamérica pudiera crecer de manera unificada y progresiva, sobre todo porque ya ha demostrado capacidad de coordinación en espacios como Mercosur y la CAN, así como por medio de acuerdos de asociación como el de Mercosur-Unión Europea, cerrado en diciembre de 2024.

Claro está, una estrategia realista podría consistir en avanzar por bloques subregionales, que promuevan instrumentos que permitan el reconocimiento recíproco de derechos así como fortalecer la cooperación institucional entre oficinas de PI, incluyendo el intercambio de información, la adopción de plataformas tecnológicas compartidas y la capacitación conjunta de examinadores, con el objetivo de reducir divergencias interpretativas. Al menos así es como concibe un posible proceso de integración Stephanie Arévalo, asociada sénior de Consortium Legal - Guatemala.

"No obstante, la viabilidad de un sistema plenamente unificado, similar al europeo, enfrenta obstáculos políticos y económicos significativos, derivados de la heterogeneidad de los países de la región. Por ello, el enfoque más plausible no radica en la unificación total, sino en una convergencia progresiva que incremente la predictibilidad y reduzca los costos de protección para los usuarios del sistema", añade.

Evidentemente, lo anterior no es una tarea sencilla y no se puede esperar que la forma de lograrlo sea consensuar una ley única inmediata, pero sí es posible aspirar a marcos comunes, como lo hizo la UE, considera Allen Candanedo, asociado sénior de Morgan & Morgan (Panamá), quien además defiende la tesis de que, ante todo, es necesario sentar bases para lograr una interoperabilidad entre oficinas regionales, de manera que se puedan realizar búsquedas regionales y oposiciones cruzadas, generando una baja en costos para los usuarios y un aumento de uso por parte de pequeñas y medianas empresas y emprendedores, así como fomentar la cooperación en observancia y enforcement mediante estándares comunes en materia de piratería y falsificación y, finalmente, a través del establecimiento de mecanismos de cooperación transfronteriza.

Pero es importante resaltar lo siguiente: Al momento de hablar de la creación de un sistema regional de integración en PI, como el de la UE, no se debe perder de vista que la diferencia más importante no es de volumen sino de arquitectura, como indica Eugenio Gormáz, socio de PI de Albagli Zaliasnik (az, Chile). Básicamente, la UE construyó durante décadas una institucionalidad supranacional, tiene una sola oficina de marcas y diseños (EUIPO) y una patente unitaria con tribunal propio que cubre hasta 25 países con una sola solicitud. Creó un sistema que redujo la fricción y costos, lo que demuestra que el modelo europeo no fue un acto normativo sino el resultado de una integración económica profunda y voluntad política de ceder soberanía a instituciones comunes.

"Lo que sí es factible es un camino gradual: que más países adopten los grandes tratados internacionales, PCT para patentes, Protocolo de Madrid para marcas y que los bloques subregionales profundicen su armonización legislativa. Esto conllevaría una integración por capas, más lenta, pero si es bien llevada podría generar grandes beneficios a los usuarios de dichos sistemas", añade con positividad.


¿E individualmente?

El panorama PI de nuestra región tiene una naturaleza fragmentada, pero −quizá pueda decirse− encaminada a proyectos y acuerdos que consigan puntos de intersección. Aún así, dice Eduardo Castañeda, socio del área de PI de Basham, Ringe y Correa, S.C., Latinoamérica muestra una tendencia creciente hacia la cooperación regional y la adopción de estándares internacionales, lo que refleja un esfuerzo por acercarse a las prácticas de la Unión Europea y que estamos atravesando una etapa de transición, avanzando hacia una mayor convergencia, aunque para el experto el desafío principal radica en lograr mayor armonización normativa y fortalecer las instituciones encargadas de la protección y aplicación de los derechos de propiedad intelectual.

Perú

Sin embargo, la realidad actual es que los países son cada uno un mundo aparte, aunque haya espacios, intereses o problemas comunes. Por ejemplo, para Jaime Durand, una de las cosas más relevantes que está ocurriendo en Perú se relaciona con el uso creciente de sistemas de IA para crear obras, desarrollar invenciones o apoyar procesos creativos plantea interrogantes importantes sobre autoría, titularidad de derechos, protección de datos y responsabilidad.

También, de acuerdo con Fabricio Sánchez, que la agenda de la PI ha cambiado y ha hecho que se conciba a los activos intangibles como una herramienta vinculada a innovación, tecnología y mercado y no únicamente como un mecanismo clásico de protección formal. Ese cambio se aprecia con bastante claridad en la agenda institucional reciente de Indecopi y su Escuela, que para 2026 ha priorizado temas como patentes en la era digital, invenciones implementadas por computador e IA y derecho de autor, derecho de autor y software, así como transferencia tecnológica, valorización y comercialización de activos de PI.

Por ejemplo, Perú promulgó en febrero el Decreto Legislativo N.° 1724, que modifica la Ley sobre el Derecho de Autor e incorpora un sistema de notificación y retirada de contenidos infractores, mediante el cual los titulares de derechos pueden solicitar a los proveedores de servicios digitales el retiro del material no autorizado, estableciendo plazos concretos y condiciones de exención de responsabilidad para dichos proveedores. Esta reforma es relevante porque traslada el debate sobre la responsabilidad de intermediarios a un marco legal concreto y operativo, en línea con las tendencias internacionales en materia de enforcement digital.

"El debate peruano está entrando en una etapa más sofisticada. Ya no se trata solo de registrar marcas o sancionar infracciones, sino de discutir cómo la propiedad intelectual debe responder a la transformación tecnológica y cómo puede integrarse de manera más efectiva al ecosistema de innovación. (…) hoy, lo más relevante en el Perú es la convergencia entre PI, IA, digitalización y transferencia tecnológica, que puede redefinir la función misma de la PI en el país: de una lógica principalmente protectora, hacia una lógica de competitividad, innovación y desarrollo", apunta Sánchez.



Brasil

El gigante suramericano sigue las tendencias internacionales de convergencia entre la PI y las agendas económicas y financieras, asociadas usualmente al concepto de financiación de activos intangibles que, dentro del ordenamiento jurídico local, ya permite ciertos usos económicos de la PI, como su integración en el capital social, la constitución de garantías y su consideración en transacciones corporativas, de licencias y de valoración.

"Sin embargo, estas posibilidades se exploran de forma puntual y caso por caso, sin un mercado estructurado ni políticas públicas específicas dirigidas al uso sistemático de la propiedad intelectual como activo financiero. En este sentido, si bien la agenda de financiación de la propiedad intelectual en Brasil aún se encuentra en fase de desarrollo, ya se observan fundamentos jurídicos sólidos y movimientos institucionales relevantes", dice Camila Garrote.

En este contexto, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (Inpi) reconoce que, a pesar de la solidez de su marco legal, el uso de activos intangibles como garantía aún se encuentra en una etapa incipiente, enfrentando importantes desafíos, especialmente en lo relativo a su valoración e integración con el marco regulatorio del sistema financiero. Tomando esto en cuenta, el ente ha elaborado estudios técnicos sobre el tema y trabaja para fomentar una cultura de valoración, de desarrollo de plataformas digitales y establecimiento de alianzas con instituciones de financiamiento para que los activos de propiedad intelectual puedan ser considerados y valorados en las convocatorias de propuestas para promover la innovación.



República Dominicana

El país ha avanzado de forma significativa en las últimas dos décadas, “aunque todavía en una etapa de desarrollo intermedio para adaptarse a los nuevos tiempos y requisitos del mercado global”, señala Leandro Corral, director de PI de Guzmán Ariza | Abogados y Consultores. Este experto asegura que la nación se está consolidando como una jurisdicción estratégica en el Caribe y Latinoamérica para la protección y explotación de activos intangibles, entre otras cosas, por el avance de las instituciones para hacer los trámites y registros más expeditos, además porque están ocurriendo varios desarrollos particularmente relevantes que reflejan una evolución del sistema hacia estándares más sofisticados y creando un ambiente competitivo.

Cambios como la modernización del sistema de propiedad industrial (la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial y la Oficina Nacional de Derecho de Autor redujeron los tiempos de registro y sus procesos de enforcement y gestión de control ante conflictos); la incorporación y desarrollo de nuevas figuras de protección en áreas como las variedades vegetales (alineadas con estándares de UPOV), activos intangibles complejos (ecosistemas de marca, modelos de negocio, software…); desarrollo de IA y análisis para sus controles, y una convergencia con sectores regulados y tecnológicos cada vez más vinculada con áreas como telecomunicaciones, fintech, entretenimiento digital y plataformas tecnológicas.

Otro cambio que vale la pena resaltar es que se puso en marcha la Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual (ENPI) 2030, que busca profundizar la digitalización, reforzar la observancia, crear un sistema nacional de activos estatales de PI, promover indicaciones geográficas, fortalecer la protección de softwares, videojuegos y producciones audiovisuales e incluso contemplar la adhesión al Protocolo de Madrid y la incorporación formal de la PI al currículo escolar, añade Sebastián Linera, asociado de Pellerano Nadal.

El abogado explica que esta estrategia llega sobre una base institucional que ya se venía mejorando y que tuvo como resultado que la United States Trade Representative (USTR) sacara a República Dominicana de su Watch List en 2024, gracias a los avances significativos en observancia y transparencia que lograron. A la vez, las estadísticas de la OMPI muestran que la actividad marcaria del país siguió creciendo, al pasar de 10,939 clases en solicitudes de 2023 a 11,382 en 2024.

"En conjunto, eso sugiere que la PI en la República Dominicana ha dejado de ser un área en la periferia y se consolida como una infraestructura económica", observa.



México

Tan solo en abril, la nación norteamericana promulgó una nueva Ley Federal de Cine y el Audiovisual y entraron en vigor las enmiendas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que, entre las principales novedades en patentes implementó una nueva figura de solicitudes provisionales, incorporó un mecanismo de restitución de derechos para solicitudes, reconoció la restauración de los derechos de prioridad para patentes y diseños industriales y estableció un plazo máximo de un año para que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (Impi) emita una resolución final sobre solicitudes de patente, modelo de utilidad y diseño industrial a partir del inicio del examen sustantivo, entre otros cambios.

También, y a pocas semanas del inicio de la Copa Mundial de la FIFA 2026, el sistema de observancia mejoró significativamente, al ampliar las disposiciones sobre infracciones para sancionar prácticas de ambush marketing e incluir expresamente la conducta infractora llevada a cabo mediante IA. Además, ahora reconoce e incorporó marcas no tradicionales como las de posición, de movimiento y multimedia; estableció un plazo máximo de cinco meses para que la autoridad emita una resolución sobre solicitudes de registro de marca y creó un nuevo Comité Técnico, constituido por el Consejo de Administración Impi, para resolver solicitudes de emisión de resolución obligatoria en casos de demoras.

En conjunto, la reforma refleja una clara intención legislativa de modernizar el sistema de propiedad industrial en México, buscando mayor eficiencia procesal y seguridad jurídica, aunque su impacto dependerá de la implementación práctica, de la emisión de normas reglamentarias y de la disponibilidad de recursos institucionales suficientes, explica Sergio L. Olivares Sr., socio de Olivares

"Aunque es prematuro prever el éxito de dichas reformas, no cabe duda de que México avanza con una agenda propia en materia de PI, que intenta conciliar derechos sustantivos, practicidad y reducción de tiempos de otorgamiento. Asimismo, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y la Ley Federal del Derecho de Autor, y sus reformas, reflejan la intención del Estado mexicano por elevar el estándar de protección de la propiedad intelectual y equiparar condiciones con sus socios comerciales en Norteamérica: Estados Unidos y Canadá", comenta Olivares.

Es, como dice Eduardo Castañeda, un proceso de consolidación y ajuste del marco normativo y administrativo derivado del T-MEC, junto con una mayor sofisticación en la práctica y en la aplicación de los derechos de propiedad intelectual, que convierte a la propiedad intelectual en un elemento estratégico para atraer inversión, fomentar innovación y competir en cadenas globales de valor.

Chile y Paraguay

Para Eugenio Gormáz, el tema actual de mayor relevancia en relación con la propiedad intelectual e industrial es −como en Perú− la intersección entre IA y PI. Chile está tramitando una ley de IA y el debate sobre cómo tratar los derechos de autor en ese contexto, lo que tiene gran relevancia, ya que los desafíos que plantea la IA al sistema de PI (como quién es autor de una obra generada algorítmicamente, qué pasa con el entrenamiento de modelos sobre contenido protegido y cómo se remunera al creador en ese ecosistema) aún no tienen respuesta clara en ningún ordenamiento jurídico del mundo.

Ante esto, Chile está tomando decisiones legislativas en ese contexto, y la forma en que resuelva esa tensión entre protección de derechos y fomento a la innovación va a definir el estándar para una región que, en general, tiende a legislar siguiendo modelos externos, recuerda el abogado.

En el caso de Paraguay, lo más relevante es su proceso de modernización institucional y su creciente interés en fomentar la innovación local. Para lograrlo, la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi) ha impulsado mejoras significativas en la gestión digital de registros, incluyendo la implementación de certificados electrónicos para registros y renovaciones de marcas, la aprobación de una nueva Guía para el Examen de Marcas y la adopción de la nueva versión de la Clasificación de Niza, alineando el sistema paraguayo con los estándares internacionales más actualizados.

También se han desarrollado campañas de concienciación sobre la importancia de la protección de las creaciones y se ha observado un crecimiento en el registro de marcas y en el interés por proteger activos intangibles, “lo cual refleja un cambio cultural”, observa Valeria Carrón. Además, se puso en marcha el plan piloto Pya'e Porã, que consiste en la implementación de un mecanismo fast track que reduce el tiempo de registro de marcas denominativas para sectores estratégicos vinculados a las clases 03 (cosméticos), 05 (farmacéuticos), 10 (médicos), 29, 30 y 32 (alimentos y bebidas).



Guatemala, Panamá y Colombia

Guatemala está discutiendo la necesidad de modernizar el marco normativo para adecuarlo a los avances tecnológicos y a las nuevas formas de creación y explotación de activos intangibles, como el uso de la IA en la generación de obras, invenciones y signos distintivos. También es relevante la progresiva internacionalización de los portafolios marcarios de empresas guatemaltecas, lo que profundizó la necesidad de que el sistema local sea compatible con estándares internacionales, tanto en términos sustantivos como procedimentales, a fin de ofrecer mayor seguridad jurídica y coherencia en la protección de derechos a nivel transfronterizo.

Panamá le ha dado un mayor protagonismo a la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) y a los debates sobre la relación entre IA y el derecho de autor: su meta es posicionarse más como un hub regional de protección y diálogo que como un gran generador de innovación local. 

Es relevante, porque Panamá, a pesar de pasar por algunos temas recientes en materia de plataformas y sistemas, mantiene una buena imagen en reportes internacionales en materia de observancia, enforcement y medidas de frontera y sigue siendo vista como una jurisdicción jurídicamente confiable en materia de propiedad intelectual, aunque con espacio de mejora, recuerda Allen Candanedo.

Como su vecino, en Colombia lo más relevante en este momento es el crecimiento del litigio, la observancia en entornos digitales y los desafíos asociados a tecnologías emergentes, como la IA, “que están impulsando una aproximación más estratégica a la PI, no sólo como instrumento legal, sino como motor de valor económico e innovación”, dice Juanita Pérez.