El Poder Ejecutivo estaría a punto de nombrar al
abogado Carlos González Ruffinelli como director general de Derecho de
Autor, tras ser favorecido por un cuestionado “concurso de méritos”, en
el cual salió tercero, y a pesar de sus nefastos antecedentes en la
concesión de patentes farmacéuticas.
Durante
el gobierno de Nicanor Duarte Frutos, Carlos González Ruffinelli ocupó
el cargo de director de la Propiedad Industrial, que entonces dependía
del Ministerio de Industria y Comercio (MIC). Según los antecedentes,
entre 1995 y 2002 este funcionario tuvo relevante participación en el
otorgamiento irregular de 140 patentes farmacéuticas, que hubieran
representado graves perjuicios para el país y para la industria
farmacéutica nacional. En 2006, el MIC revocó administrativamente dichas
patentes otorgadas en abierta violación de la prohibición legal de la
época y del Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual
Relacionados al Comercio (ADPIC), que otorgaba a países en vías de
desarrollo la posibilidad de no patentar productos farmacéuticos hasta
el 1 de enero de 2005.
El caso de este y de otros funcionarios
participantes en este tema quedó en la total impunidad, pues ni siquiera
fue objeto de un sumario administrativo ni de denuncia penal, más aún
si se tiene en cuenta la gravedad del asunto.
Del total de las
patentes revocadas, 53 fueron recurridas por sus titulares (en su
mayoría, empresas extranjeras) en lo contencioso administrativo
(Tribunal de Cuentas); y de dicha cantidad, siete llegaron hasta la
Corte Suprema de Justicia, que en agosto del 2012 se expidió sobre uno
de ellos, ratificando la revocación administrativa de las patentes.
Conforme al acuerdo y sentencia Nº 968, del 8 de agosto de aquel año, es
una clara muestra de lo que se conoce como “patentamiento abusivo”. La
Corte ratificó la confirmación de la Res. Nº 79, del 21 de marzo de
2006, dictada por la Dirección de Propiedad Industrial, que revocó, por
ejemplo, la patente de la firma Wyeth Holdings Corporation, que se
denomina “2-Phenyl-1-(4-(2-Aminoethoxy)-Benzyl)-Indoles as Estrogenic
agents”. De acuerdo a pesquisas de Cifarma (Cámara de Industrias
Farmacéuticas del Paraguay), lo grave del caso es que si se hubiese
convalidado las patentes farmacéuticas en 2005 (año en que entró a regir
la Ley Nacional de Patentes), el 70% de los remedios que se ofrecen en
el mercado local (fabricados por laboratorios paraguayos) se hubieran
retirado del mercado, con los “gravísimos perjuicios” a la gente de
menos recursos que ello hubiera significado.