Naturaleza de Derechos
"Este pedido de patente de la Universidad de California por el tomate
transgénico ante el INPI que se denuncia e impugna, lamentablemente es
un indicador de lo que puede suceder con otros cultivos de frutas y
verduras".
Este lunes 18 de Abril de 2016, en horas de la mañana, desde Naturaleza
de Derechos presentaremos ante el Instituto Nacional de la Propiedad
Industria de la Argentina (INPI), la oposición formal a la solicitud de
patente por una planta transgénica de tomate, formulada por The Regents
of the University of California (Junta de Gobierno de la Universidad de
California).
Se trata una planta de tomate a la que se le inserta un transgén
denominado BS2-X5. A esa simple innovación tecnológica, la Universidad
de California, pretende darle entidad de "invento" con el fin de
reclamar la reivindicación de toda la planta y su fruto ante el INPI.
Desde Naturaleza de Derechos calificamos ese proceder un abierto e
inescrupuloso acto de biopirateria.
Cumpliendo con la normativa vigente, el INPI publicó en el boletín
oficial el 24 de Febrero de 2016, la solicitud de patente de la
universidad norteamericana, a fin de que en el plazo de 60 días, la
ciudadanía en general formule las observaciones que considere
pertinentes. Algo que Naturaleza de Derechos hará en el día de la fecha.
Debe advertirse, que en la Argentina no está permitido el patentamiento
de plantas y procedimientos esencialmente biológicos. El artículo 6 de
la ley 24481 (ley de patentes) es claro y excluye la patentabilidad a
toda clase de materia viva y sustancias preexistentes en la naturaleza y
establece que no se considerara invención toda clase de materia viva y
sustancias preexistentes en la naturaleza. Luego, el decreto
reglamentario 260/96 especifica que no se considerará materia patentable
a las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente
biológicos.
Recientemente la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal de la
Ciudad de Buenos Aires rechazó la pretensión de Monsanto de patentar una
molécula de ADN para ser insertada en una célula vegetal (que habia
sido denegada por el INPI en los años 90), bajo el argumento de la
normativa vigente y además también con una fundamentación ontológica
elocuente: "la naturaleza está estructurada como un lenguaje" que
tiene quince mil millones de años. Ese lenguaje puede ser vislumbrado a
través de la combinatoria pero no es susceptible de apropiación." Asimismo el tribunal consideró como no invención la simple incorporación de una molécula preexistente en una célula vegetal.
La formulación legal de prohibición fortalecida por la decisión de la
justicia federal argentina, constituye el obstáculo irreductible a la
indebida pretensión de la junta de gobierno de la Universidad de
California, de patentar una planta transgénica de tomate.
En el resumen de la solicitud se explicita el alcance de la patente: Se
provee semillas y plantas de tomate que comprenden el evento
transgénico BS2-X5 y progenie de las mismas que comprenden este evento
transgénico y el uso de tales semillas y plantas en la producción de
frutos de tomate. Así pues, se refiere a plantas, semillas y cultivos de
tejidos de tomate híbridos y no híbridos que comprenden el evento
transgénico Bs2-X5, y a métodos de producción de una planta de tomate
que se obtiene cruzando estas plantas entre sí o con otra planta de
tomate, como una planta de tomate de otro genotipo. Además se refiere a
semillas y plantas producidas mediante esta cruza. Además se refiere a
partes de tales plantas, incluyendo el fruto y gametos de tales plantas.
El tomate que se pretende patentar lleva inserto un transgén
identificado como BS2-X5 del cual se desconoce su verdadera interacción y
no surge información científica alguna sobre dicho evento de
transformación genética en la base de datos del Convenio de Diversidad
Biológica (CDB)https://bch.cbd.int/database/;
lo cual se explica, atento a que el órgano vegetal genéticamente
modificado (OVGM) de marras es un experimento de una universidad de
Estados Unidos, uno de los pocos países que no forma parte del CDB, por
lo tanto, no existe la obligación de registrar el evento transgénico.
No obstante, se advierte que en el proceso administrativo ante el INPI,
no se evalúan los efectos en la salud humana, ambiente y biodiversidad
del tomate transgénico cuya patente se reclama; esos análisis les
corresponden a la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología
Agropecuaria (CONABIA) y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASA), dentro del marco del proceso de aprobación de
OVGMs.
Hasta el día de la fecha, en la Argentina, no se ha aprobado para su
liberación y comercialización ningún tomate que contenga un evento de
transformación genética, menos el BS2-X5, por no estar en la base de
datos del CDB. Sin embargo, ello no obsta a que exista en curso alguna
solicitud de experimentación por algún otro de los 11 eventos de
transformación genética que existen a nivel mundial en relación al
tomate.
La situación de incertidumbre sobre la existencia de ensayos de tomate
transgénico en la Argentina se despejara en el pedido general de
información sobre los OVGM, que se encuentra en preparación y se
presentará, por Naturaleza de Derechos y otros colectivos
socioambientales, en los próximos días ante el Ministerio de
Agroindustria de la Nación.
Como bien lo señala Edward Hammond (ver aquí)
el tomate es uno los cultivos más rentables de frutas y vegetales en
varias partes del mundo, pero los recursos genéticos que confieren los
rasgos claves de muchas de las nuevas variedades comerciales provienen
principalmente de solo dos países, Perú y Ecuador.
Se trata de variedades autóctonas, desarrolladas durante años por
campesinos y agricultores de pueblos originarios, que a la postre son
analizadas por los investigadores de universidades norteamericanas como
las de California y Florida, especializadas en biopirateria, para
realizar a partir de ellas nuevas variedades y solicitar patentes, por
ejemplo, sobre su uso como aditivo alimentario, como así también
reivindicar variedades de tomate y métodos de fitomejoramiento diseñados
para aumentar la dulzura mediante el incremento de la producción de
componentes del sabor identificados en tomates autóctonos. Surge claro
que esas reivindicaciones se realizan sobre una materia claramente
preexistente.
Este pedido de patente de la Universidad de California por el tomate
transgénico ante el INPI que se denuncia e impugna, lamentablemente es
un indicador de lo que puede suceder con otros cultivos de frutas y
verduras.
El tomate es la primera victima porque es considerado planta modelo en
razón de que su genoma fue secuenciado hace bastante tiempo. Tanto los
amplios conocimientos como la importante existencia de variedades
silvestres que hay del tomate, son el escenario ideal para los actos de
biopirateria, como el de la Universidad de California, el cual no
podemos minimizar ni ignorar, pues - para advertirlo con todas las
letras - se trata nada mas ni nada menos que el intento de privatizar el
genoma del tomate.
También hay a otro dato relevante que debe considerarse: el tomate no
esta protegido por el Tratado Internacional sobre los Recursos
Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, lo cual legitima su
biopirateria. Otra prueba mas que se suma sobre el monumental
ostracismo precautorio y defensivo de la FAO, que deja al descubierto lo
que no podemos sino señalar como una ostensible complicidad con el
modelo productivo de explotación basado en la constante creación de
productos biotecnológicos y el uso cada vez mayor de agrotóxicos.
En sintonía con su proceder, la Universidad de California no goza de
buenos antecedentes en materia de objetividad en la producción de
saberes y conocimiento científico y en la protección del ambiente y
preservación de la diversidad biológica.
Se trata de una entidad universitaria que posee vínculos muy estrechos
con las grandes corporaciones biotecnológicas. Si bien en su momento
tuvo una fuerte disputa judicial con la multinacional Monsanto por la
patente de una hormona de crecimiento bovino utilizada para aumentar la
producción de leche en las vacas, tras unacuerdo judicial multillonario
(de un pago adelantado de 100 millones de dólares por la corporación
biotecnológica) le puso fin a la controversia. Hoy la Universidad de
California recibe un fuerte apoyo económico de la multinacional, a
través del pago anual de 5 millones de dólares hasta el año 2023.
Actualmente la Universidad de California se ha constituido en un centro
de eyección de reclamos de patentes biotecnológicas que intercambia
trabajos de investigación al servicio corporativo por financiamiento
económico. Y a su vez, no escatima en censurar y proscribir todo
proyecto de investigación científica que vaya en contra de los intereses
de las empresas biotecnológicas.
Así les sucedió a los investigadores del Campus de Berkeley de la
Universidad de California, Ignacio Chapela y Tyrone Hayes. El primero,
reveló la contaminación del maíz nativo de México por el maíz
transgénico de Monsanto y el segundo, reveló la entidad de disruptor
endocrino del agrotóxico Atrazina, cuya patente pertenece a la
corporación Syngenta. Ambos proyectos de investigación, cuyas
conclusiones hoy son una verdad científica indiscutible, no fueron
apoyados luego por la Universidad de California; todo lo contrario,
Chapela no pudo renovar la titularidad de cátedra y Hayes, si bien
mantuvo su espacio en el campus de Berkeley, lo hizo con muy fuertes
restricciones.
Por último, se apunta que tras un minucioso análisis de todas las
solicitudes administrativas de patentes en tramite o concluidas ante el
INPI que se relacionan con el tomate, se encontró un antecedente, en el
cual, el organismo de contralor le concedió , en Agosto de 2003, los
derechos de patente a la multinacional Unilever, por el procedimiento
para manipular el aroma a uno de los frutos indispensables de la
ensalada criolla.
La patente de Unilever por ese procedimiento de manipulación del aroma
del tomate caducó el 4 de Noviembre de 2011, por falta de pago de las
anualidades de la multinacional.
Ese antecedente, entre otros (los cuales iremos revelando) da cuenta de
una política permeable del INPI a la concesión indebida e ilegal de
patentes por plantas, en los últimos 10 años, siendo que hasta el año
2000, el mismo organismo estatal, había mantenido el criterio de
denegación por idénticas solicitudes.
De hecho el rechazo de la justicia federal argentina a la demanda
judicial de Monsanto por el reclamo de patente de una molécula de ADN y
la célula vegetal objeto de insercción , obedeció a una diligente
actuación previa del INPI, que le denegó administrativamente la patente
(en los años 90) y a posteriori - en la instancia judicial - interpuso
un recurso de apelación en razón de la sentencia adversa en primera
instancia.
Que esa flexibilidad del INPI (desde el año 2003 en adelante), delata
que el Estado Argentino ha sido cómplice del saqueo abierto a la
polinización abierta tradicional admitiendo prácticamente un sistema de
propiedad privada del fitomejoramiento, que no solo ha provocado un
grave daño a las cualidades del tomate, violando palmariamente el
derecho a la alimentación adecuada, sino también, ha creado una
situación de riesgo de pérdida irreparable de la soberanía alimentaria.
Sin perjuicio del marco gravoso descripto, se señala que todos las
reivindicaciones otorgadas por el INPI en relación a las plantas, están
siendo analizadas por Naturaleza de Derechos, una por una, con el fin
solicitar su revocación judicial atento a su absoluta ilegalidad.