por Mariana Escalada & Agustin Ronconi-El Disenso.-
En esta nueva investigación de El Disenso, te mostramos como a
través de un acuerdo bilateral que no requiere aprobación del Congreso,
el INPI hace inaplicable nuestra Ley de Patentes frente a las patentes
de las corporaciones norteamericanas, lo que disparará al cielo el
precio de los medicamentos. El director del INPI que firmó este acuerdo
es Damaso Pardo, quien antes de ser funcionario defendía firmas
extranjeras en temas de propiedad intelectual desde el estudio PAGBAM
junto a José Alfredo Martinez de Hoz (h) y Jorge Perez Alati, quienes
están entre los principales aportantes de la Fundación SUMA y de la
campaña presidencial de Mauricio Macri.
El problema de las patentes farmacológicas en Argentina
En 1500 fueron espejitos por oro. En 1876 fue la “ley de Aduana” que
significó una victoria librecambista consolidando definitivamente el
modelo agroexportador. Hoy se da la misma discusión, pero ya no se trata
espejitos ni productos industrializados, sino de patentes recauchutadas
de productos farmacéuticos. En este informe de El Disenso, te contamos
como el gobierno se saca de encima la Ley de Patentes de Invenciones y
abre nuestro país a todas las patentes norteamericanas como gesto de
confianza para ganar la simpatía de un Donald Trump que todavía nos
tiene en jaque con el tema de los limones.
Las patentes se sacan sobre cualquier invento o diseño novedoso
dentro del estado de la técnica, y aplicable industrialmente, y premian y
fomentan la inventiva otorgándole al creador derechos sobre su idea. En
la industria farmacéutica esto tiene un correlato menos idílico, los
grandes laboratorios multinacionales se hacen con las patentes de los
inventores, las acaparan, y se valen de ellas para imponer precios
abusivos a los consumidores de medicamentos. En Argentina las patentes
son otorgadas por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI) a
través de la Administración Nacional de Patentes.
La Ley de Patentes Argentina data de 1996, y regula los
requerimientos que debe observar el INPI, para otorgar derechos de
invención. A poco de promulgada, USPTO, el ente que regula las patentes
en Estados Unidos, puso a nuestro país en la “Special 301 Priority Watch
List” una lista negra de países que no ofrecen “cooperación suficiente”
en el tema de las patentes. Para promover la cooperación, la diplomacia
norteamericana se vale de denuncias por violaciones de patentes que el
Departamento de Comercio de EEUU presenta ante la Organización Mundial
de Comercio (OMC), o remociones de preferencias arancelarios y rupturas
de acuerdos comerciales, como pasó hace unos días con el tema de los
limones. Según cables de Wikileaks, desde que nuestro país entró en
aquella lista negra de vigilancia y control, cada embajador
estadounidense en Buenos Aires elevó un informe anual al departamento de
estado sobre la situación de la propiedad intelectual en Argentina,
siendo las principales problemáticas los derechos sobre software y
medicamentos.
El sector donde más pesa la problemática de las patentes es la
industria farmacéutica, y a poco de promulgarse la ley de patentes de
invención, la farmacéutica francesa SCRAS trabó un litigio contra el
INPI porque la autoridad de contralor le había rechazado una patente
porque, dentro de nuestro marco legal, no la consideraba novedosa. Esta
controversia se resolvió en 2012 en la Sala I de la Cámara de
Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a favor del INPI. Pero el
conflicto más importante se planteó en la controversia del
antirretroviral “didanosina”, medicamente para el HIV que producía
localmente Richmond. Bristol-Myers Squibb (BMS) le puso una cautelar a
Richmond, que producía la Didanosina para el programa de VIH-SIDA del
Gobierno Argentino. La cautelar fue apelada por el Ministerio de Salud,
porque los derechos corporativos atentaban contra la salud pública.
Sobre estos temas, Ginéz González, ex ministro de salud sostuvo que las
patentes medicinales “generan monopolios y ponen en riesgo el acceso a
los medicamentos”. En 2013 BMS volvió a la carga, esta vez el producto
era un triple antirretroviral llamado ATRIPLA.
Alex Freyre, presidente de la Fundación GEP, sostuvo en aquel momento: “Las patentes farmacéuticas retrasan la entrada de medicamentos genéricos al mercado, impiden la competencia de precios y ponen grandes desafíos para el acceso a la salud de la población”.
La estrategia de hacer pequeñas modificaciones y mezclas de
componentes para repatentar cosas que ya existen es conocida como
“Evergreening” y consiste en hacer pequeñas mezclas y remezclas o
cambios accesorios de composición para hacer pasar por novedosas cosas
que no lo son. La práctica de reverdecer las viejas patentes alcanzó
límites obscenos, por lo que en 2012 se establecieran reforzadas “Pautas para el examen de patentabilidad”.
Un informe presentado ese año en el Congreso por los diputados
Ciciliani, Duclos y Barletta para clausurar la extensión artifical de
las patentes, determinaba que solo 5 de las 186 patentes otorgadas el
año anterior correspondían a productos novedosos y el 94,6% de los
mismos pertenecía a propietarios extranjeros como consta en los
fundamentos del proyecto. Conservando el monopolio de las patentes, la
corporación farmacéutica se garantiza de establecer unilateralmente los
precios que los enfermos pagan por sus medicamentos. Con aparente
paradoja los tratados que fomentan el marco normativo que necesitan
estos monopolios se llaman “de libre comercio”, es que en el mundo de
hoy ya no se comercian los bienes, sino también los derechos
intelectuales para producirlos.
Con altibajos, la ley de patentes ha resistido por 20 años los
intereses corporativos que se repiten también a nivel internacional
donde las cuestiones de fondo se discuten en el OMPI, foro de la ONU
ocupada de la problemática de la propiedad intelectual, donde entidades
como ALIFAR, que nuclea a las industrias famacéuticas latinoamericanas,
han planteado su oposición a las rígidas imposiciones de derechos de
propiedad que EEUU pretende imponer a través de la OMC. La importancia
de la cuestión patentes ha sido también eje central de los fallidos ALCA
y el TTP.
Otro lobo cuidando el gallinero
Pero todo cambió cuando Macri designó al frente del INPI al Dr.
Dámaso Pardo, se trata de un abogado proveniente del estudio jurídico
PAGBAM, generoso donante de la fantasmagórica fundación SUMA
que aportó también $934.000 a la campaña del PRO. En el estudio sus
asociados eran José Alfredo Martinez de Hoz (h) y Jorge Perez Alati, que
a título propio le puso $1.730.000 a la candidatura de Mauricio. En el
estudio, Pardo era el experto en cuestiones de propiedad intelectual,
prestaba asesoramiento en ese campo y era litigante contra el Estado
Nacional en cuestiones de marcas y patentes. Su nombramiento es, como
tantos otros, muy cuestionable a la luz de legislación sobre ética
pública, pero la Oficina Anticorrupción no ha iniciado hasta hoy ninguna
actuación para analizar si pueden existir conflictos de intereses en el
nombramiento de este funcionario que, como suele decirse, atiende de
los dos lados del mostrador.
El 12 de septiembre de 2016 el cuestionado director del INPI emitió
una “resolución de examen de patentes” 56/16 que aceleraba el proceso de
concesión de patentes, saltando por vía administrativa los obstáculos
legales que en otras épocas habían encontrado corporaciones como las
arriba mencionadas STRAS y BMS y poniendo en alerta a los pacientes que
utilizan medicamentos de alto costo para enfermedades como el HIV o la
hepatitis C. Dice textualmente el primer artículo de la resolución:
“Administración Nacional de Patentes a dar por cumplidos los
requisitos exigidos por el art. 4 de la Ley 24.481 (t.o. en 1996) y por
cumplida la búsqueda internacional respecto de las solicitudes de
patentes de invención iniciadas bajo la vigencia de la Ley 24.481 (t.o.
en 1996), cuando se acredite que la prioridad invocada en los términos
del art. 4.A.1 del Convenio de París ha sido concedida en el extranjero
por la oficina de origen o por otras oficinas, siempre que las
legislaciones que rijan dichas oficinas realicen examen de fondo y estén
sujetas a los mismos estándares de aplicación de los requisitos de
patentabilidad aplicados por la República Argentina”.
En respuesta a la resolución 56, la Cámara Industrial de Laboratorios
Farmacéuticos argentinos (CILSA), que forma parte de ALIFAR y fue
premiada por Médicos Sin Fronteras por su propuesta de establecer un
sistema de licencias automáticas para patentes de medicamentos en países
en desarrollo, presentó una solicitud de aclaratoria. Según CILFA, la
resolución administrativa impedía la aplicación de la Ley de Patentes de
Invención anulando la realización de exámenes de fondo a las
solicitudes de patentes extranjeras. Como consecuencia Pardo
reculó y, mediante la resolución 125/16 aclaró que la resolución
anterior no exime a la Administración Nacional de Patentes de realizar
el examen de fondo sobre los requerimientos de patentes.
Una autopista para introducir patentes farmacológicas
A pesar del traspié, Pardo volvió a la carga y el pasado 13
de febrero de 2017 firmó, junto a Michelle K. Lee, directora de USPTO,
un acuerdo bilateral titulado “Patent Prosecution Highway (PPH) Pilot Program”.
Se trata de un programa piloto que podría entenderse como una autopista para conseguir patentes.
El PPH que somete las relaciones de ambos países a las reglas del
“Global/IP5 PPH”, entrará en vigencia el 3 de marzo por un plazo de tres
años, pero generará derechos adquiridos para todas las patentes
otorgadas durante ese lapso. El acuerdo, por su naturaleza “piloto”, no
requiere aprobación del Congreso. Sin embargo, su implementación
significa una derogación de hecho de la ley de patentes de invención, o
por lo menos de los criterios de aplicación, ya que nos somete a los
estándares que Estados Unidos ha propuesto con tanta vehemencia desde
los tiempos del ALCA. Es que, según la letra del acuerdo, y con el
notable fin de evitar duplicar el trabajo realizando dos exámenes sobre
las características inventivas de la misma patente, cada oficina dará
trámite abreviado a los proyectos aprobados por la otra.
La resolución 125/16 expresaba el compromiso del Director del
INPI en el respeto por la ley de patentes, y aseguraba, a requerimiento
de la CILSA, que se seguirían realizando exámenes a fondo sobre los
requerimientos de patentes, como venía sucediendo desde 2012. Como suele
pasar con funcionarios tan acostumbrados a atender del otro lado del
mostrador, y a los doble discursos, Pardo defiende la ley con una firma y
la viola con la siguiente.
Fuente original:
http://www.eldisenso.com/politica/remedios-por-las-nubes-el-inpi-puentea-al-congreso-y-le-da-via-libre-las-patentes-farmacologicas-norteamericanas/