cincodias.- Cuando en marzo de 2019 se haga efectiva la salida de Reino Unido de
la UE muchas cosas ya no serán iguales. Ni para los británicos ni para
quienes sin serlo se ganan la vida allí. Es el caso de las empresas
españolas, en especial de las pymes que trabajan con marcas
comunitarias, aquellas registradas en la Oficina de la Propiedad
Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, siglas en inglés de European Union Intellectual Property Office), con sede en Alicante, y que se aplican en los 28 (en menos de un año 27) Estados miembros.
Contar con ella sirve para proteger el título de un negocio, su
nombre, su logo, su distintivo, su tarjeta de presentación ante la
clientela. Perderla es quedarse sin protección frente a competidores o
plagiadores. Y eso es lo que puede ocurrir en breve para las empresas
españolas con negocios en Reino Unido si no se llega pronto a un
acuerdo.
“Todo depende de lo que hagan los británicos”, explica Catherine
Bonzom, especialista en derecho de marcas de la firma Elzaburu. En marzo
del año que viene comenzará un periodo transitorio hasta principios de
2021 en el que se tendrá que llegar a un acuerdo Londres-Bruselas sobre
las consecuencias a todos los niveles del brexit.
“El problema”, afirma Bonzom, “es que hay un riesgo latente de que
este no se produzca”. Aun así, la especialista no lo ve todo negro: “Los
británicos deberían integrar todas las marcas de la UE. Parece que
sobre este asunto puede haber un entendimiento”.
La Comisión Europea advierte de que todo dependerá de los acuerdos a los que se llegue a partir de marzo de 2019
Lo que a estas alturas todavía no se sabe es si los titulares de una
marca comunitaria, aunque fuera válida en territorio británico, deberán
pagar por utilizarla o si su uso será automático o tendrán que volver a
solicitarla. “La idea es que el derecho adquirido siga vigente”, insiste
la abogada de Elzaburu.
¿Y si no ocurre así y Londres no acepta la validez de una marca
europea? El titular tendrá que solicitar que se registre su marca en el
Reino Unido y esta solo brindará protección en territorio británico. En
todos los países existe una oficina nacional para registro de marcas y
diseños, al estilo de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
Bonzom asegura que no hay más trámites, pero que lógicamente las
empresas deben estar atentas para no perder sus derechos. Las grandes
compañías están más al día de los cambios, pero las pymes están a mil
cosas y se pueden encontrar sin la protección de la marca comunitaria en
breve y sin avisar.
Los primeros interesados
En J. L. Casajuana Abogados, otro bufete con experiencia en propiedad
industrial e intelectual, creen que los británicos cederán en esta
materia porque ellos también se van a ver perjudicados.
“Si no reconocen las marcas comunitarias, sus empresas tendrán que registrar marcas país por país donde quieran trabajar. Es un disparate, no creo que eso suceda”, señala José Luis Casajuana.
“Si no reconocen las marcas comunitarias, sus empresas tendrán que registrar marcas país por país donde quieran trabajar. Es un disparate, no creo que eso suceda”, señala José Luis Casajuana.
Las cifras
588 solicitudes de marcas españolas se han aceptado en la OAMI en el primer trimestre de 2018.
109.243 son las marcas registradas por españoles en la OAMI desde 1997.
109.243 son las marcas registradas por españoles en la OAMI desde 1997.
El abogado está convencido de que habrá un acuerdo bilateral y que
Reino Unido reconocerá la validez de las marcas UE para trabajar en su
país.
“Hay otra cuestión para que sean reconocidas: todas las
multinacionales del mundo tienen registradas marcas comunitarias. Sería
una locura para los británicos no dejarlas vigentes y complicarles las
cosas a las multinacionales”, apunta. “Yo creo que, como este asunto de
las marcas no es político, tendrá más fácil arreglo”, añade.
Pero para Casajuana, lo que inclinará definitivamente a los
británicos a dejar las cosas como están es la vertiente contenciosa. De
acuerdo con una directiva comunitaria, todos los países deben
centralizar los casos en cuestión de propiedad industrial e intelectual.
En el caso de España, hay que acudir a los Juzgados de lo Mercantil de
Alicante o a su Audiencia Provincial.
Si Reino Unido no acepta un acuerdo en la materia, no tendrá un
tribunal centralizado, como hasta ahora, si no que cada caso se verá en
la localidad correspondiente.
Los afectados. ¿Cómo ven los empresarios españoles
con negocios en Reino Unido la situación? Los más afectados son los que
se han establecido allí porque son los que se quedarán desprotegidos si
no hay acuerdo con la UE, dice Catherine Bonzom, y en general se trata
de empresas medianas.
Inquietud. Un ejemplo de compañía española que ha
abierto establecimientos en Londres es El Ganso. El principal distintivo
de esta sociedad, dedicada a la moda femenina y masculina, es un logo
con un ganso dentro de un círculo, marca que tienen mucho interés en
proteger. En Reino Unido cuentan con 23 empleados y su jefa de área
allí, Vera Lopes, explica que “no estamos tranquilos con el brexit, el sentimiento general es de incertidumbre”.
Preocupaciones. La firma española está preocupada
por la marca, al punto de haber pedido asesoramiento jurídico, pero
Lopes señala que, en general, les preocupa todo lo relacionado con la
salida de la UE: “La marca comunitaria, el hecho de que el 95% de
nuestros trabajadores son inmigrantes y las subidas de precios que ha
traído la depreciación de la libra”, precisa.
Patentes. El brexit afecta a las marcas y
diseños industriales registrados en la OAMI porque este es un organismo
comunitario; sin embargo, no afectará a las patentes, ya que su registro
es internacional, válido más allá de la UE.