La Unión Europea publicó un resumen del Acuerdo alcanzado con el
Mercosur, tras esa publicación en OCIPEx, un colectivo comprometido con
el estudio y el seguimiento de la política exterior argentina,
realizó un análisis del mismo.
Según se desprende de este resumen,
los europeos introducirán productos agroalimentarios sin barreras: vinos
(hoy pagan arancel de 27%), chocolates (20%), whiskies y otros
destilados (de 20 a 35%), quesos (28%), bizcochos y galletas (16 a 18%) y
hasta gaseosas (de 20 a 35%).
Vale decir que aún, nada asegura que este pre-compromiso de libre
comercio hecho el 28 de junio pasado, se haga realidad. El acuerdo debe
pasar por los congresos de los países implicados y ya hay sectores que
manifiestan su negativa.
Según precisa el equipo de OCIPEx, el Tratado de Libre Comercio entre
la UE y el Mercosur –de firmarse- sería un claro ejemplo de un tratado
comercial asimétrico ya que se deben considerar aspectos básicos como:
-La capacidad productiva de la Unión Europea es cuatro veces más grande que la del Mercosur en términos de PBI.
-Sólo Alemania tiene un PBI que casi equipara a la suma de de todos los países del Mercosur.
-Mientras que el PBI per cápita en la Unión Europea en 2018 fue de
u$s 41.890, el del MERCOSUR fue de u$s1 0.600 (medido en precios
corrientes).
De esta manera, el acuerdo alcanzado con el MERCOSUR implicaría:
El Mercosur aceptó liberalizar el 91% de su comercio bilateral con la
Unión Europea en un período que, para la gran mayoría de los productos,
será sólo de diez años.
La UniónEuropea señala que “el Mercosur removerá aranceles en
sectores ofensivos clave como autos, autopartes, maquinaria, químicos y
medicamentos. Para cada uno de esos sectores, la liberalización abarca
más del 90% de las exportaciones de la UE”.
El Mercosur aceptó remover aranceles para TODAS las autopartes
procedentes de la Unión Europea, las que pasarán a desgravarse de manera
lineal en un período de entre 10 (60%) y 15 años (30%).
En el caso de los vehículos terminados, la desgravación es a 15 años,
pero con un período de carencia de 7 años, lo cual será compensado con
una cuota anual para el ingreso de 50.000 unidades procedentes de la UE
con una preferencia del 50%.
La UE consiguió que los derechos de exportación no se apliquen
en el comercio bilateral. Esta imposición aceptada por el Mercosur
excede lo dispuesto por el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y
Comercio de 1994.
De entrar en vigor el acuerdo, la eliminación de estos aranceles
podría propiciar un esquema de triangulación de exportaciones vía UE
hacia terceros mercados con el fin de eludir el pago de retenciones.
El acuerdo prohíbe el empleo de licencias no automáticas de
importación o de exportación, una herramienta fundamental de
administración de comercio.
Respecto al origen de los productos de la pesca provenientes de Zona
Económica Exclusiva/Plataforma Continental, que el Mercosur considera
originario del Estado ribereño, la UE impuso que el mismo esté determinado por la bandera del barco que efectúa la explotación.
El Mercosur accedió a modificar todo su sistema de certificación de
exportaciones, basado en la existencia de una autoridad gubernamental y
entidades certificadoras. La UE impuso su propuesta de certificación por el exportador, sin que medie la intervención de ninguna entidad.
La UE logró imponer criterios flexibles de origen que le permitirán
la utilización de insumos de terceros países (principalmente de Asia) en
sectores que son muy sensibles a la liberalización como textil,
químico, siderúrgico y calzado.
Esto habilitará que, una vez ingresada la mercadería a la eurozona,
las empresas llevan adelante procesos mínimos de terminación para luego
certificar que se trata de un producto europeo y entrar SIN ARANCEL al
Mercosur.
El Mercosur concedió a la UE la posibilidad de aplicar medidas
ambientales sin basamento científico (“principio precautorio”). Esto le
permitirá adoptar medidas prohibitivas de las importaciones ante la
mínima duda acerca de posibles consecuencias sobre la salud y el
ambiente.
La UE obtuvo acceso y trato no discriminatorio para los buques de
navieras europeas en operaciones que actualmente están permitidas
exclusivamente a embarcaciones del Mercosur.
Entre ellas, se destacan el transporte binacional de carga y
pasajeros, “feedering” (carga de containers desde un puerto
internacional a puertos del Mercosur), transporte multimodal (cuando se
agrega un tramo por tierra al transporte marítimo) y servicios
portuarios auxiliares.
Vale recordar que los países de la UE controlan la tercera
parte del tonelaje de la flota mundial, y operan a fletes
preferenciales, por cuanto están matriculados en segundos registros de
buques/banderas de conveniencia, creados especialmente para ser
competitivos.
La UE obtuvo acceso a licitaciones de compras gubernamentales
para constructoras y proveedores europeos a través del principio de
Trato Nacional.
Esto implica que se abrirá la posibilidad para que empresas europeas
participen de la construcción de carreteras, líneas ferroviarias y
puertos, y les permitirá adjudicarse contratos para la provisión de
equipamiento al Estado en las mismas condiciones que sus pares locales.
La UE incluso logró obtener un compromiso del Mercosur para que este
acceso pueda ser extendido en el futuro a entidades subnacionales
(provincias y municipios).
La UE logró imponer obligaciones de transparencia, no discriminación y
regulación neutral para las compañías estatales. (“Las empresas
estatales deben llevar a cabo sus actividades comerciales libres de
consideraciones y preferencias que no sean comercialmente motivadas”.
Esto llevaría, entre otras cosas, a dar por tierra con las cadenas de proveedores locales de empresas como YPF o AerolíneasArgentinas, que deberían permitirles a firmas europeas ser parte en licitaciones y contratos en igualdad de condiciones.
La UE logró su cometido de imponer un capítulo específico sobre Propiedad Intelectual con obligaciones legales para las partes.
Bruselas logró que los países del Mercosur se comprometan a acceder
al Patent Cooperation Treaty (PCT), sistema que permite iniciar
simultáneamente trámites de patentes en múltiples países, y que puede
incrementar notablemente la cantidad de solicitudes de patentes
extranjeras.
La UE logró el reconocimiento de Indicaciones Geográficas para 355 productos (vinos, quesos, fiambres; etc.) .
De esta manera, la UE obtiene la exclusividad sobre los nombres
idénticos a las IG europeas o sus traducciones como así también
cualquier término, grafico, dibujo o emblema que “evoque” dichas IG
(p.ej, Vino Toro o queso parmesano).
Fuente: Análisis realizado por el equipo de OCIPEx.