maulenews.- La medida rige para los plazos en curso de actuaciones que conllevan el pago de derechos o desembolsos en dinero.
El Instituto Nacional de Propiedad Industrial-INAPI informa la
ampliación de los plazos en curso de actuaciones que conllevan el pago
de derechos o desembolsos en dinero, que comiencen a regir durante
noviembre y diciembre de 2019.
La ampliación regirá inmediatamente y según se indica a continuación:
1.- Para las solicitudes de registro de marcas comerciales, e
indicaciones geográficas y denominaciones de origen, solicitudes de
anotación o inscripción de transferencias de dominio, licencias de uso,
prendas, cambios de nombre y cualquier otro tipo de gravamen que pueda
afectar a los derechos antes referidos y, respecto de las renovaciones
de registro, según corresponda:Tabla: los derechos de propiedad
intelectual y las instituciones que los administran
ACTUACIÓN | PLAZO ORIGINAL | AMPLIACIÓN | |
---|---|---|---|
1 | Acreditación del pago de derechos finales una vez aceptada la solicitud, conforme lo dispuesto en el artículo 18 bis E, en concordancia con lo establecido en el inciso primero del artículo 18 bis B, ambos de la LPI | 60 días | 30 días |
2 | Acreditación del pago por concepto de derechos de renovación conforme lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 18 bis B de la LPI | 6 meses | 3 meses |
3 | Acreditación del pago por concepto de derechos de inscripción de transferencias de dominio, licencias de uso, prendas, cambios de nombre y cualquier otro tipo de gravámenes que puedan afectar a una marca comercial, indicación geográfica o denominación de origen; conforme lo dispuesto en el artículo 18 bis D de la LPI | 60 días | 30 días |
4 | Requerimiento de publicación en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento | 20 días | 10 días |
2.- Para las solicitudes de patentes de
invención, modelo de utilidad, dibujos y diseño industrial y esquema de
trazado o topografías de circuitos integrados, en el contexto indicado
en el considerando segundo, podrá solicitarse el desarchivo según lo
dispuesto en el inciso segundo del artículo 45 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Se ampliará en 30 días adicionales el plazo en curso o que comience a
regir en noviembre y diciembre de 2019, para acreditación del pago por
concepto de derechos de inscripción de transferencias de dominio,
licencias de uso, prendas, cambios de nombre y cualquier otro tipo de
gravámenes que puedan afectar a una solicitud de patente de invención,
modelo de utilidad, dibujos y diseño industrial y esquema de trazado o
topografías de circuitos integrados conforme lo dispuesto en el artículo
18 bis D de la LPI.
Lo anterior, no rige para plazos vencidos, en cuyo caso el interesado
podrá alegar entorpecimiento, de acuerdo a las normas generales,
fundando la petición en fuerza mayor o caso fortuito, según
correspondiere.
Estas medidas tienen como objetivo, facilitar la tramitación de los
usuarios y usuarias que se hayan visto afectado/as por los recientes
acontecimientos vividos en el país. Además, sugerimos utilizar nuestros
canales electrónicos que están 100% habilitados para todos los
servicios. Para mayor información pueden tomar contacto con el área de
atención de usuarios a través del correo electrónico inapi@inapi.cl o al
teléfono 56 2 28870400.