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Se aprobó en la Universidad Nacional del Litoral (UNL) una nueva normativa que regula la gestión de los derechos de propiedad intelectual que surgen de las actividades de enseñanza, investigación, transferencia, vinculación o extensión en el ámbito de la Universidad.
Esta
regulación, que fuera promovida por la Secretaría de Vinculación
Tecnológica e Innovación, está en consonancia con las normas vigentes en
el país y de acuerdo a la trayectoria y a la política sostenida de la
UNL en esta materia.
Contar con una normativa específica y
actualizada sobre derechos de propiedad intelectual suma un hito
significativo en esta trayectoria, ya que implica la valorización del
conocimiento generado en el ámbito institucional y fortalece la
vinculación territorial.
En materia de transferencia científico tecnológica, la implementación de una política de gestión de la propiedad intelectual, resulta clave ya que es una herramienta que ofrece un marco de protección a la propiedad intelectual del conocimiento generado por la comunidad de investigación, y de vinculación con el sector empresarial y productivo, fundamentalmente.
Florencia Terentino, coordinadora del Área de Servicios a Terceros y Área de Propiedad Intelectual del CETRI-Litoral, subraya que “esta normativa fue producto de un trabajo que se viene llevando a cabo hace varios años e implica una actualización y armonización con las acciones que hoy en día se desarrollan para la protección de los derechos de propiedad intelectual de las UNL con el objetivo de valorizar los conocimientos y generar acciones de vinculación y transferencia al medio. La misma tomo como base un importante trabajo que habíamos desarrollado en la UNL, en conjunto con la Universidad de Buenos Aires que fue la Norma Modelo de Propiedad Intelectual para instituciones del sector científico, en el marco de una consultoría denominada “Relevamiento y armonización de normativas institucionales sobre transferencia de tecnología y Propiedad Intelectual”, para la entonces Secretaría de Planeamiento y Políticas del Minis¬terio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, en el marco del Programa Nacional de Gestión de la Propiedad In¬telectual y de la Transferencia Tecnológica (Programa Sumar Valor)”
Sobre la normativa
En
términos generales, la normativa (EXPTE.Nº:REC-1212865-24 ) define
“Derechos de Propiedad Intelectual” a los derechos emergentes de
invenciones patentables y los modelos de utilidad; modelos y diseños
industriales; derechos de autor y derechos conexos; marcas,
designaciones y todo otro signo distintivo; derechos sobre las
obtenciones vegetales; secretos industriales; y todo conocimiento que
pueda ser utilizado en un proceso productivo y que adquiera en tanto
valor económico; todos ellos susceptibles de ser protegidos o
patentados, según los marcos normativos específicos vigentes.
El alcance de esta regulación se extiende a las actividades antes mencionadas, llevadas adelante por aquellas personas que estén en relación de dependencia o contratadas, en forma permanente o transitoria con la UNL; quienes realicen dichas tareas en el marco de algún proyecto inscripto en el ámbito institucional; estudiantes y/o graduados que realicen tareas de investigación o desarrollo como consecuencia de actividades de grado o posgrado en la Universidad.
El Área de Propiedad Intelectual del CETRI-Litoral es la oficina encargada de la aplicación de esta normativa. Desde allí, la UNL, coordina las acciones vigentes y a crearse en relación a la propiedad intelectual, aplica la reglamentación; y se constituye como oficina especializada de referencia de todas las dependencias de la Universidad en temas de Propiedad Intelectual e Industrial. Cuenta, para ello con personal especializado que asesora a los equipos docentes y de investigación para la redacción de patentes, se ocupa de la gestión interna y ante los organismos pertinentes dedicados a la protección de derechos intelectuales en Argentina y otros países del mundo y gestiona la explotación de los activos de Propiedad Intelectual.
Cabe destacar que, entre los aspectos que aborda la regulación se comprende lo relativo a derechos morales y patrimoniales; la definición de las distintas modalidades de titularidad exclusiva, conjunta o de terceros, de los derechos patrimoniales sobre la producción intelectual; la prioridad de edición; las consideraciones para la publicidad de las tesis y la protección de la confidencialidad; las condiciones de autorización para la divulgación de resultados por cualquier medio de comunicación o difusión, cuando se trate de divulgaciones que puedan afectar la protección de derechos de propiedad intelectual; el complemento económico al desarrollo de la innovación y los beneficios económicos para la Universidad; aspectos sobre financiamiento y mantenimiento de derechos; modalidades de contratos surgidos de resultados de una investigación o desarrollo científico presente o futuro o que involucre asuntos relacionados a Propiedad Intelectual; contratos de cooperación para la investigación y desarrollo; de transferencia de Material Biológico; con empresas spin off; de investigación y desarrollo concertados, entre otros.
Los docentes e investigadores que hayan obtenido resultados susceptibles de ser protegidos, pueden solicitar información y asesoramiento, comunicándose al Cetri Litoral (+54 342 4551211 int. 123 o cetri.api@unl.edu.ar).