lunes, 18 de agosto de 2025

Argentina: Decreto de Reforma en el INPI elimina unidades de segundo nivel y amenaza funcionamiento

 


 Patentnews

Buenos Aires  – El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 585/ 2025 que establece una modificación al Decreto N° 50/2019 redefiniendo la estructura organizativa del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), como organismo "desconcentrado" dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. 

 Según el decreto , se busca "optimizar la gestión" del organismo, eliminando las unidades de segundo nivel operativo y manteniendo las departamentales, reforzando el primer nivel operativo.

De acuerdo al proyecto firmado por el secretario de legal y técnica del ministerio de economía, José García Hamilton, el Artículo 19 del mismo aprueba la estructura de primer nivel del INPI, alineada con un nuevo organigrama y responsabilidades primarias detalladas en anexos. En cambio, el Artículo 20 suprime las unidades de segundo nivel, creadas en 2019 por la Decisión Administrativa Nº 821 a finales del gobierno de Macri, argumentando redundancias o superposición de funciones. Mientras tanto, el Artículo 21 preserva las unidades departamentales vigentes desde 2014, aunque eliminando otras.

Contexto y críticas

La medida se enmarca en una ola de reformas institucionales del Gobierno para supuestamente "simplificar estructuras y mejorar la eficiencia" en el Ministerio de Economía. Sin embargo, sectores gremiales y expertos en administración del estado advierten sobre riesgos de centralización excesiva y pérdida de capacidades técnicas en áreas especializadas.

"Eliminar unidades intermedias sin una evaluación de impacto puede generar cuellos de botella en trámites de propiedad industrial, ya complejos por naturaleza", señaló un especialista en administración del Estado . Por otro lado, el oficialismo defiende la medida como un paso hacia una gestión "más ágil y con menor burocracia".

Al mismo tiempo se observa una separación y centralización de las áreas administrativas que bloquea las decisiones esenciales en el funcionamiento de cualquier oficina de marcas y patentes de un país organizado, por ejemplo decidir la contratación de examinadores de patentes o introducir tecnología para el aumento de productividad del Instituto, de acuerdo a fuentes cercanas a OMPI: "Va a contramano de la lógica", afirmó.

La respuesta del gobierno a las críticas de sectores empresariales farmacéuticos por las demoras en la resolución de trámites de patentes por parte del INPI, derivó en un proyecto inconsulto con el ecosistema argentino de marcas y patentes que puede derivar en mayores incertidumbre jurídicas para los usuarios del sistema de propiedad industrial, profundizando las barreras a la innovación tecnológica y la llegada de nuevas invenciones al seno de la sociedad, en especial medicamentos genéricos a precios accesibles para los consumidores y el sistema de salud.

Próximos pasos

El decreto publicado oficialmente hoy, augura reacciones de cámaras empresariales y asociaciones de inventores que aún se han mantenido en silencio, aunque históricamente se encuentran vinculadas al INPI. La cartera económica aseguró que no habrá despidos, pero no aclaró si habrá reubicaciones de personal mientras los sindicatos que actúan en la institución se mantienen a la escpectativa de los anuncios.

Según el decreto, el organigrama del primer nivel del INPI es el siguiente: 

 


De acuerdo al decreto, las direcciones eliminadas es:

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 20

UNIDADES SUPRIMIDAS 

NORMATIVA ASOCIADA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN  TECNOLÓGICA 

Decisión Administrativa N° 821/19

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES 

Decisión Administrativa N° 821/19

DIRECCIÓN OPERATIVA 

Decisión Administrativa N° 821/19


 

En tanto los departamentos que ya no formaran parte de la estructura se indican a continuación:

 


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 21

UNIDADES SUPRIMIDAS 

NORMATIVA ASOCIADA

DEPARTAMENTO COMPRAS Y CONTRATACIONES 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO TESORERÍA 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO PERSONAL 

Resolución INPI N° 3/14

DIVISIÓN PUBLICACIONES 

Resolución INPI N° 3/14

DIVISIÓN MESA DE AYUDA 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO SERVICIOS DE INFORMACIÓN  TECNOLÓGICA 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO BIBLIOTECA Y CENTRO DE  DOCUMENTACIÓN 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO SEGURIDAD DE LA  

INFORMACIÓN 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO ANÁLISIS Y DESARROLLO 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO TECNOLOGÍA INFORMÁTICA 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO CONTENCIOSO 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO OFICIOS Y MEDIDAS  

CAUTELARES 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO DICTÁMENES 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS, ARCHIVO  Y NOTIFICACIONES 

Resolución INPI N° 3/14

DIVISIÓN MESA DE ENTRADAS 

Resolución INPI N° 3/14

DIVISIÓN ARCHIVO 

Resolución INPI N° 3/14

DIVISIÓN NOTIFICACIONES 

Resolución INPI N° 3/14

DEPARTAMENTO MANTENIMIENTO Y  

SUMINISTROS 

Resolución INPI N° 3/14




Las nuevas funciones de las direcciones establecidas por el decreto serán las siguientes:
 

ANEXO VI 

MINISTERIO DE ECONOMÍA 

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO 

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 

DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE MARCAS Y PATENTES RESPONSABILIDAD PRIMARIA 

Entender en la implementación y administración de las políticas llevadas a cabo por el  Organismo en relación con sus cometidos relativos a marcas y patentes. 

ACCIONES: 

1. Dirigir, en el ámbito de su competencia, las actividades de diseño, análisis,  evaluación, implementación, mantenimiento y control de los sistemas de información  necesarios para la gestión de las distintas áreas del Instituto y de terceros. 

2. Implementar y administrar los Boletines y sistemas de comunicación del Instituto y  proponer el tipo de hardware e infraestructura física de comunicación a ser  incorporado, formulando sus especificaciones y demás características técnicas. 

3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la verificación del cumplimiento de  las políticas y estándares técnicos establecidos por el Órgano Rector. 4. Actualizar la información de la página web del Instituto. 

5. Editar y publicar los Boletines del Instituto. 

6. Administrar el Fondo Documental y Bibliográfico del Instituto y las publicaciones  periódicas de los trámites registrales de competencia del Instituto. 

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 

DIRECCIÓN DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES  

RESPONSABILIDAD PRIMARIA 

Entender respecto de las solicitudes de registro de modelos y diseños industriales y sus  renovaciones, conforme lo establecido por el Decreto-Ley Nº 6673/63 y sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario Nº 353/19. 

ACCIONES: 

1. Verificar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los requisitos  obligatorios en las solicitudes de registro presentadas.  

2. Inscribir los Modelos y Diseños Industriales en el Registro a su cargo.  3. Inscribir las renovaciones de los registros de los Modelos y Diseños Industriales  concedidos. 

4. Expedir Certificados de Prioridad de las solicitudes de registro.  5. Publicar en el Boletín de Modelos y Diseños Industriales aquellos concedidos, sus  renovaciones y transferencias, como así también los supuestos de declaración de  renuncia de alguno/s de los Modelos o Diseños de un registro múltiple.  6. Asistir al Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL  en la elaboración de propuestas normativas en materia de protección de los  derechos de la propiedad industrial. 

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 

DIRECCIÓN DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA  

RESPONSABILIDAD PRIMARIA  

Entender en el registro de contratos que involucren la transferencia de tecnología,  asistencia técnica o licencia de derechos de propiedad industrial, efectuados entre  compañías nacionales y extranjeras, verificando su correspondencia con los recaudos  exigidos en la normativa vigente; como en el registro de transferencias o cambios de  titularidad, modelos y diseños industriales, concedidos o con solicitud de concesión en  trámite. 

ACCIONES  

1. Aprobar o desestimar, en el ámbito de su competencia, las solicitudes de registro de  contratos sobre transferencia de tecnología y la emisión de los certificados. 2. Administrar el Banco de Datos de los contratos de transferencia de tecnología  registrados por el Instituto.  

3. Aprobar o desestimar las solicitudes de registro de transferencias de marcas  concedidas o en trámite de concesión, verificando que cumplan con todos los  requisitos establecidos por la legislación vigente.  

4. Aprobar o desestimar las solicitudes de registro de transferencias de Modelos y  Diseños Industriales concedidos o en trámite de concesión, verificando que cumplan  con todos los requisitos establecidos por la legislación vigente.  

5. Emitir, en el ámbito de su competencia, nuevos testimonios de las marcas  transferidas.  

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE PATENTES  

RESPONSABILIDAD PRIMARIA  

Entender en la resolución de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad y en todo  trámite que pueda derivar de ellas, conforme lo establecido por la Ley Nº 24.481 y sus  modificatorias y complementarias.  

ACCIONES: 

1. Tramitar, estudiar y resolver las solicitudes de Patentes de Invención y Modelos de  Utilidad, en el ámbito de su competencia.  

2. Entender en los trámites de nulidad, caducidad, licencias y control de la explotación  de patentes concedidas.  

3. Expedir certificados y copias autorizadas de los documentos contenidos en  expedientes de su competencia. 

4. Expedir, en el ámbito de su competencia, certificados de prioridad de las solicitudes. 5. Tomar razón de las transferencias de las patentes concedidas y de las que se  encuentren en estado de trámite.  

6. Articular con la Dirección de Servicios de Información de Marcas y Patentes lo  inherente a las solicitudes de patentes y modelos de utilidad para su publicación en  el Boletín respectivo para determinar tendencias de patentamiento en los distintos  campos de la técnica. 

7. Coordinar con la Dirección de Servicios de Información de Marcas y Patentes la  aplicación de los convenios internacionales en materia de protección de patentes de  las Patentes de Invención y Modelos de Utilidad.  

8. Colaborar con el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD  INDUSTRIAL en la propuesta de dictado de normas relacionadas con la protección  de los derechos de la propiedad industrial, en el ámbito de su competencia.  

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 

DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS 

RESPONSABILIDAD PRIMARIA  

Entender en la resolución de las solicitudes de registro de marcas individuales y marcas  colectivas, sus renovaciones y los trámites que puedan derivar de ellas, conforme lo  establecido por las Leyes N° 22.362 y sus modificatorias y N° 26.355, así como en sus  respectivos Decretos Reglamentarios N° 242/19 y su modificatorio y N° 1384/08.  

ACCIONES: 

1. Verificar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los requisitos  obligatorios en las solicitudes de registro de marcas.  

2. Conceder, renovar o denegar el registro de las solicitudes de marcas.  3. Recibir las solicitudes de registro presentadas a través del Sistema de Gestión  Documental y expedir los Certificados de Prioridad.

4. Emitir los títulos de marcas y todo otro tipo de certificación prevista en la legislación  vigente sobre las mismas.  

5. Suministrar a la Dirección de Servicios de Información de Marcas y Patentes el  material a ser publicado en el Boletín de Marcas.  

6. Asistir al Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL  en la elaboración de propuestas normativas relacionadas con la protección de los  derechos de la propiedad industrial, en el ámbito de su competencia. 

7. Resolver, en el ámbito de sus competencias, oposiciones al registro, a la caducidad  y a la nulidad de una marca; así como todo aquello relativo a su uso.