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El 29 de mayo de 2026 se publicó la Resolución INPI N° 162/2026, que aprueba un nuevo reglamento para la toma de razón de transferencias de dominio y cambios de rubro ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
La norma aplica a marcas, patentes de invención, modelos de utilidad y modelos o diseños industriales, tanto registrados como en trámite.
¿Qué cambios introduce la Res. 162/2026?
El nuevo régimen introduce varias simplificaciones respecto del sistema anterior:
- Apostilla y legalización consular: no serán exigibles en ningún caso, ni para los instrumentos que sustentan la transferencia ni para los documentos que acrediten representación, aunque hubieran sido otorgados en el extranjero.
- Certificación de firmas: en instrumentos privados, solo deberá certificarse la firma del cedente y, cuando corresponda, la del cónyuge que presta asentimiento.
- Inscripciones múltiples: cuando existan transmisiones sucesivas celebradas en un mismo acto e instrumento, podrán inscribirse mediante una única solicitud.
- Efectos de la inscripción: la toma de razón tiene carácter declarativo y produce efectos desde la fecha de presentación. Todo lo declarado tiene valor de declaración jurada.
Vigencia
La Resolución INPI N° 162/2026 deroga el régimen anterior y se encuentra vigente.
Los titulares de derechos de propiedad industrial con transferencias pendientes de inscripción podrán presentar sus solicitudes conforme al nuevo reglamento.
origen: https://noetingeryarmando.com/inpi-nuevo-regimen-para-transferencias-de-titularidad-de-marcas-patentes-y-disenos-industriales/
