actasanitaria.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado sentencia con respecto a la acción que la compañía farmacéutica canadiense Endoceutics interpuso contra la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), en la cual se aceptaban los argumentos de la compañía farmacéutica Merck, de Alemania, para la oposición al registro de una marca de la empresa de Canadá.
En 2014, la compañía canadiense presentó una solicitud de registro de una marca de la Unión Europea (UE) bajo el nombre Femivia. Dicha petición fue aprobada, por lo que Merck presentó una notificación de oposición ante esta decisión por la similitud existente con su marca, Femibion Intima. Las consideraciones de la compañía alemana fueron aceptadas, ante lo cual, Endoceutics presentó un recurso de apelación ante la EUIPO.
Por su parte, la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual desestimó el recurso, dado que, en esencia “encontró que existía un riesgo de confusión con respecto a la marca solicitada y la marca comunitaria Femibion Intima por parte de la sección de habla hispana del público relevante”. En particular, la Sala determinó que los productos abarcados por las marcas en cuestión “eran idénticos y que los signos en cuestión tenían un grado medio de similitud visual y fonéticamente, y un cierto grado de similitud conceptual”.