diarioconstitucional.cl.- La
Cámara de Diputados aprobó en general por 127 votos, uno en contra y
nueve abstenciones (las normas de quórum especial se ratificaron por 136
a favor y uno en contra), el proyecto que perfecciona tres cuerpos
legales en materia de propiedad industrial, incluyendo al Código
Procesal Penal y la ley que crea el Instituto Nacional de Propiedad
Industrial (Inapi), entidad estatal encargada de la administración y
atención de los servicios relacionados a esta materia. Ahora quedó en
condiciones de ser analizado por el Senado.
La propuesta busca fortalecer la actual institucionalidad de propiedad industrial, procurando al efecto una mejor protección y observancia de los derechos que ella consagra, estableciendo procedimientos de registros más expeditos y eficientes.
Así, los perfeccionamientos buscarían facilitar los trámites de los usuarios y permitir al Instituto Nacional de Propiedad Industrial, que otorga los derechos, llevar a cabo una gestión más efectiva, rápida y de mejor calidad.
Entre las modificaciones se encuentra la eliminación de la carta certificada y su reemplazo por notificaciones por medios electrónicos y una reforma en materia de “tasas”, a fin de optimizar los procedimientos de registro.
Además considera beneficios procedimentales, como la opción de pago por anualidades y patentes provisionales, y mejoras como: la inclusión de marcas no tradicionales, la caducidad marcaria por falta de uso; y un nuevo procedimiento simplificado de depósito sin examen sustantivo para diseños y dibujos industriales.
En materia de marcas comerciales, por ejemplo, se establece la protección de nuevos tipos de signos distintivos, incluyendo las marcas tridimensionales; una regulación más clara de las marcas colectivas y de certificación y la eliminación de las marcas de establecimientos comerciales e industriales.
Respecto de patentes de invención, el proyecto contempla precisiones respecto del plazo de designación de perito para efectos de una solicitud de protección suplementaria y se le pone un límite a esta misma, de manera de evitar una excesiva demora en la entrada al mercado de productos competidores al ya patentado, lo que es importante en sectores como el farmacéutico, para no retrasar artificialmente el acceso a productos genéricos.
Asimismo, en cumplimiento del objetivo trazado en materia de procedimiento, respecto de dibujos y diseños industriales, se establece un mecanismo alternativo en virtud del cual el titular puede solicitar la postergación indefinida del examen pericial, el que se podrá pedir en cualquier momento de la vigencia de un certificado que expida Inapi a tal efecto.
También, el texto ratificado conforme al informe de la Comisión de Economía, rendido ante la Sala por el diputado Mellado, se introducen, de manera expresa en la ley, las excepciones y limitaciones internacionalmente reconocidas, a fin de equilibrar el sistema de propiedad intelectual de nuestro país.
A su vez, entre otros perfeccionamientos, se define un límite a la protección suplementaria; un mecanismo de acción penal pública; e indemnizaciones preestablecidas para la falsificación marcaria.