Por Mauricio Jalife
La iniciativa
presentada al Senado para una nueva Ley de la Propiedad Industrial
incluye, con relación a prórrogas de patentes y “patentes de baja
novedad”, una propuesta ecléctica.
Es este, sin lugar a dudas, el tema
más álgido y controversial de cuantos se incorporan en una legislación
de este tipo, por lo que no existe solución simple, ni aceptable para
todos.
De cara a los
tratados firmados por nuestro país en los recientes años, México tiene
una serie de novedosas obligaciones que elevan sensiblemente el umbral
de protección de las llamadas patentes farmacéuticas, lo que
necesariamente repercute en incrementos notables en los gastos de los
institutos de salud que deben comprar medicamentos de patente, en lugar
de opciones genéricas de menor precio. El asunto, además, por razones de
todos conocidas, importa factores políticos de la mayor relevancia.
Uno de los temas de
mayor complejidad es el de las prórrogas de patente, que no han formado
parte de nuestro sistema, y con el que se pretende adicionar un plazo
de 5 años a favor del titular de la patente, como compensación al
retraso burocrático generado a lo largo del trámite de la solicitud. El
argumento detrás de la figura es simple, en el sentido de solicitar una
reposición del tiempo perdido en el trámite, de modo que los años de
exclusividad en la explotación del medicamento sean efectivos.
La propuesta que el
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial vierte en el proyecto es
desde mi punto de vista ecléctica y adecuada, ya que incluye la figura
en forma expresa, pero acotando sus condiciones y alcances. De hecho, la
designación formal de la ampliación evade la expresión “prórroga”, y lo
regula como “certificado complementario”; además, contempla la
reposición de tiempo solo a partir del excedente de los primeros 5 años
como término regular de otorgamiento de cualquier solicitud. Es decir,
si la patente se concede en 7, el titular solo podría aspirar a dos años
adicionales de compensación.
La otra gran
interrogante que el proyecto responde en una lacónica frase de enorme
influencia, es la relativa al otorgamiento de patentes para segundos
usos, así como nuevas formas farmacéuticas, dosis y compuestos. La suma
de esta clase de patentes es lo que en la industria se conoce como “evergreening”,
y que consiste en el blindaje, muchas veces artificial, de una
innovación original a través de subsecuentes patentes que persiguen como
único propósito hacer inaccesible la presencia de genéricos, mediante
la protección de aspectos “asociados” a la invención principal.
Sobre este
particular, el texto del proyecto establece que el IMPI debe “velar por
el dominio público e impedir el doble patentamiento de la misma
invención”. Será necesario, a través del reglamento, o de la propia
práctica subsecuente, definir el alcance de este precepto, que sin duda
modifica sustancialmente la tendencia seguida en la materia en los
últimos años.
La propuesta que
presenta el proyecto, en ambas decisiones, parece buscar el sano balance
que se requiere para que el sistema ofrezca las ventajas de la
exclusividad como recompensa a la innovación, sin despojar a la sociedad
de derecho alguno. En ese punto, parecería que la nueva ley supera uno
de sus principales escollos para llegar a buen puerto.