viernes, 14 de noviembre de 2025

Chile: Proyecto de ley busca incluir delitos de propiedad industrial como base del lavado de activos

 


 diarioconstitucional.cl/

El proyecto de ley, de autoría del diputado Andrés Longton, que cuenta con el patrocinio de la diputada Gloria Naveillan, junto a los diputados Jorge Alessandri, Cristián Araya, Jaime Araya, José Miguel Castro, José Miguel Castro, Raúl Leiva, Hugo Rey y Diego Schalper, busca modificar la Ley N° 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF), con el fin de incorporar los delitos previstos en los artículos 28 y 28 bis de la Ley N° 19.039, sobre propiedad industrial, al catálogo de delitos base del lavado de activos.

 

La iniciativa surge ante la necesidad de actualizar el marco jurídico nacional en concordancia con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que recomiendan una tipificación amplia del lavado de activos y la identificación de sus delitos precedentes.

Según la moción, la Ley N° 19.913 —vigente desde 2003— constituye uno de los pilares del sistema chileno de prevención del lavado de activos. No obstante, el catálogo actual de delitos base no incluye las conductas de falsificación de marcas o comercialización fraudulenta de productos protegidos, pese a su uso frecuente como fuente de financiamiento de organizaciones criminales.

Los artículos 28 y 28 bis de la Ley N° 19.039 sancionan penalmente a quienes falsifiquen marcas registradas, utilicen signos distintivos adulterados o comercialicen productos falsificados. Estas actividades, señala el proyecto, generan recursos ilícitos de alto volumen que ingresan al mercado formal mediante técnicas de blanqueo, afectando la libre competencia, la buena fe del consumidor y la integridad del mercado.

El texto advierte que la falsificación de productos de consumo masivo se ha convertido en una de las formas más utilizadas por redes delictivas para lavar activos, al permitir introducir grandes sumas de dinero con apariencia de legalidad. La incorporación de estos delitos como base permitirá el decomiso de bienes y utilidades provenientes de dichas actividades, fortaleciendo la capacidad del Estado para desarticular mecanismos de financiamiento ilícito.

El proyecto contempla un artículo único que modifica el artículo 27, letra a), de la Ley N° 19.913, añadiendo los delitos de los artículos 28 y 28 bis de la Ley N° 19.039, sobre propiedad industrial, al catálogo de ilícitos base del lavado de activos.

Con ello, se busca cerrar una brecha normativa, dotar al sistema penal de mayores herramientas de persecución y contribuir a la prevención del crimen organizado vinculado al comercio informal y la falsificación industrial.

El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional, pasó para su estudio e informe a la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Vea texto moción Boletín Nº 17912-25 y siga su tramitación aquí.