martes, 2 de diciembre de 2025

EEUU: La Orden Ejecutiva lanza “Genesis Mission”: un proyecto de Manhattan para la I+D impulsada por la IA

 

 PatentRiff

Propiedad intelectual centrada en la IA

El 24 de noviembre de 2025, el presidente Donald J. Trump firmó una Orden Ejecutiva que establece la “Misión Génesis”, una directiva destinada a asegurar el liderazgo estadounidense en inteligencia artificial y descubrimiento científico. 

 

La Orden describe la iniciativa como un “esfuerzo nacional histórico, comparable en urgencia y ambición al Proyecto Manhattan” (Sec. 1). Para los propietarios de propiedad intelectual (PI), inventores, asesores y partes interesadas de propiedad intelectual, este mandato señala un cambio masivo en las prioridades de investigación federal, vinculando explícitamente el “dominio de la tecnología global” (Sec. 1) con la integración de la IA en los flujos de trabajo científicos.


La Orden ordena la creación de una infraestructura centralizada para “desatar una nueva era de innovación acelerada por la IA” (Order, Sec. 1), planteando preguntas inmediatas sobre los derechos de datos, la inventación de los activos generados por la IA y la seguridad de la información de propiedad compartida con el gobierno.

La Plataforma Americana de Ciencia y Seguridad

La piedra angular de esta iniciativa es la “Plataforma Americana de Ciencia y Seguridad” (la Plataforma), que la Secretaría de Energía está dirigida a establecer. Esta Plataforma servirá como la “infraestructura para la Misión” y tiene como objetivo integrar los recursos federales y privados (Sec. 3(a)).

La plataforma tiene la tarea de proporcionar varias capacidades críticas:

  • Potencia informática: acceso a “supercomputadoras de laboratorio nacionales de DOE y entornos informáticos seguros basados en la nube de IA” diseñados para “formación, simulación e inferencia de modelos a gran escala” (Sec. 3(a)(i)).

  • Agentes de IA: El despliegue de “agentes de IA para explorar espacios de diseño, evaluar resultados experimentales y automatizar flujos de trabajo” (Sec. 3(a)(ii)).

  • Integración de datos: un repositorio que contiene “conjuntos de datos científicos patentados, curados por el gobierno federal y abiertos” (Sec. 3(a)(v)).

Las personas conscientes de la IP deben tener en cuenta la inclusión explícita de “datos sintéticos generados a través de los recursos informáticos del DOE” (Sec. 3(a)(v)). Esta dependencia de los datos sintéticos, datos creados por la IA en lugar de la observación directa, introduce desafíos de validación específicos para las invenciones resultantes.

Marcos de colaboración y propiedad intelectual

En la sección 5 se proporcionan las directivas más importantes para las comunidades jurídica y de PI. La Orden ordena al Secretario de Energía que facilite asociaciones con entidades externas que poseen “IA avanzada, datos o capacidades informáticas o experiencia en el dominio científico” (Sec. 5(c)).

Sin embargo, la participación viene con una estricta supervisión regulatoria. El Secretario debe “desarrollar marcos de asociación estandarizados” (Sec. 5(c)(i)) y, críticamente, establecer “play policys for properphold, licensing, trade-secret protections, and commercializing of intelectual property develop under the Mission” (Sec. 5(c)(ii)).

La Orden anticipa explícitamente las contribuciones no humanas a la innovación, haciendo referencia a “innovaciones derivadas de experimentos dirigidos por IA” (Sec. 5(c)(ii)). Este lenguaje sugiere que la Administración se está preparando para escenarios en los que los agentes de IA, como se describe en la Sección 3(a)(ii), son los principales impulsores de la materia patentable.

Además, el mandato requiere “procesos uniformes y estrictos de acceso y gestión de datos” para los colaboradores no federales (artículo 5(c) (iii) de la Sección). Estas medidas incluirán “el cumplimiento de los requisitos de clasificación, privacidad y control de exportaciones”, creando un entorno de cumplimiento complejo para los participantes del sector privado (Sec. 5(c)(iii)).

Análisis: Beneficios, desafíos y riesgos

Mientras que la Misión Génesis ofrece recursos sustanciales para I + D, el asesor legal debe evaluar cuidadosamente los términos de compromiso.

Beneficios:

  • Aceleración del descubrimiento: Al utilizar “agentes de inteligencia artificial para probar nuevas hipótesis” (Sec. 1), la Misión tiene como objetivo “lograr una aceleración dramática en el desarrollo y la utilización de la IA” (Sec. 1). Esto podría acortar significativamente los ciclos de vida de la I+D para los participantes.

  • Acceso a la infraestructura: La plataforma proporciona “recursos informáticos de alto rendimiento” (Sec. 3(a)(i)) que de otro modo podrían ser prohibitivos en costos para entidades o universidades más pequeñas.

  • Estandarización: El requisito de “digitación, estandarización, metadatos y seguimiento de la procedencia” (Sec. 3(d)(i)) podría conducir a conjuntos de datos científicos más interoperables y de mayor calidad.

Desafíos y riesgos:

  • Confidencialidad y secretos comerciales: La Plataforma tiene la intención de alojar “conjuntos de datos patentados” (Sec. 3(a)(v)). Mientras que la Orden pide “protecciones de comercio secreto” (Sec. 5(c)(ii)), la consolidación de datos corporativos de alto valor en una plataforma gubernamental crea un objetivo centralizado. Cualquier violación podría exponer una IP sensible. Los abogados deben examinar las “medidas de seguridad basadas en el riesgo” (Sec. 5(a)(iii)) antes de aconsejar a los clientes que carguen datos de propiedad.

  • Alucinaciones de IA e integridad de datos: La dependencia de “datos sintéticos generados a través de recursos informáticos del DOE” (Sec. 3(a)(v)) plantea un riesgo de “alucinaciones”, donde la IA genera datos plausibles pero falsos. Si los “modelos predictivos habilitados para la IA” (Sec. 3(a)(iii)) forman la base de un documento legal (por ejemplo, una solicitud de patente, contrato) y los datos subyacentes resultan defectuosos, la validez del documento podría verse comprometida.

  • Ambigüedad de la Invención: La referencia de la Orden a las “innovaciones que surgen de experimentos dirigidos por la IA” (Sec. 5(c)(ii))) choca con la guía actual de la USPTO, que generalmente requiere invento humano. Si un agente de inteligencia artificial en la plataforma resuelve de forma independiente un “desafío nacional de ciencia y tecnología” (Sec. 4 (a)), determinar la propiedad entre el desarrollador de software, el usuario y el gobierno federal será legalmente complejo.

  • Cumplimiento normativo: Los colaboradores deben cumplir con los “requisitos de control de exportación” y los estándares de “clasificación” (Sec. 5(c)(iii)). Esto agrega una capa de responsabilidad para las entidades comerciales no acostumbradas a los protocolos de seguridad federales.

Conclusión

La Misión Génesis representa un “momento fundamental” (Sec. 1) en la política científica federal, colocando a la IA en el centro de la estrategia nacional. La Administración tiene la intención de “multiplicar el retorno de la inversión de los contribuyentes” (Sec. 1) a través de esta consolidación de datos y potencia de cálculo.

Para la comunidad de propiedad intelectual, la tarea inmediata es monitorear los “marcos de asociación estandarizados” que se deben del Secretario de Energía. Estos documentos definirán la realidad práctica de la “propiedad... y la comercialización” (Sec. 5(c)(ii)) dentro de este nuevo ecosistema.

Hasta que se publiquen esas políticas, los propietarios de la propiedad intelectual probablemente deberían ver la Plataforma con un interés esperanzador, pero mantener un enfoque protegido hacia el intercambio de datos.