Oscar Lanza V. (*)
Alainet.org/ Observatorio Sudamericano de Patentes
El pasado 11 de Junio del 2013, los Países en Vías
de Desarrollo (PVDs) del mundo alcanzaron éxito para obtener un acuerdo a
fin de prorrogar el “período de transición" en la aplicación de los
Aspectos Relacionados a Derechos de Propiedad Intelectual (ADPICs/TRIPs)
por ocho años más.
Las patentes han sido uno de los temas trascendentes
desde la perspectiva del ejercicio del Derecho a la Salud y el acceso a
medicamentos esenciales, un tópico acaloradamente debatido desde la
creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y desde la firma
del Acuerdo sobre Aspectos Comerciales de los Derechos de Propiedad
Intelectual (ADPICs/TRIPs) en 1994.
Las patentes no constituyen una barrera solo para el
acceso a medicamentos, si no también para otros productos vitales,
necesarios especialmente en los países menos desarrollados y pobres. Los
derechos de patente juegan un papel significativo y determinante sobre
la atención en salud ya que conceden al titular de la patente un
monopolio sobre la producción por ejemplo de medicamentos durante un
cierto número de años. La libertad que tienen los” titulares de las
patentes” para fijar o imponer precios a sus productos ha provocado que
muchos medicamentos resulten fuera del alcance de la mayoría de las
personas que viven particularmente en países menos desarrollados.
Un sistema de patentes operativo no debería ignorar
el respeto a los Derechos Humanos, un enfoque de equidad y de justicia,
garantizando que todos los seres humanos, la gente, la población de las
naciones, puedan beneficiarse de los avances científicos tecnológicos
médicos y de la biotecnología y no solo los privilegiados. La invención,
incluyendo los medicamentos, cobra sentido solo si es capaz de
contribuir a mejorar la vida y la existencia de los seres humanos. Por
ello, algunos países han puesto en marcha, con más o menos éxito, varias
estrategias buscando equilibrar el interés público con el interés
privado de sus sistemas de protección a la propiedad intelectual.
Mantener este equilibrio resulta crucial para las naciones en vías de
desarrollo que intentan proteger la salud pública en sus respectivos
países, cuidando de preservar el ejercicio del Derecho a la salud y a la
Atención en Salud, antes que ser transformados en agentes para proteger
la “salud de la economía” de grupos corporativos. El sistema de
patentes tiene por tanto gran repercusión en la salud pública y es claro
que son finalmente herramientas políticas, que deben ser re- evaluadas
de una forma clara y completa. La Declaración de Doha de 2001 de la OMC,
relativa al Acuerdo ADPIC/ TRIP y la Salud Pública desempeño un
importante papel en este proceso. Los sistemas de patentes deben apoyar
las políticas de salud pública de los países en vías de desarrollo, para
que respondan a las necesidades y el nivel de desarrollo de cada país.
Por ello el acuerdo alcanzado hace unos días, tras
meses de intensas presiones y negociaciones con los países más ricos
(EE.UU - Union Europea) que buscaban proteger los ADPICs/TRIPs,
significo que los países denominados menos adelantados (PMA) o en vías
de desarrollo, tendrán ahora 8 años más, como tiempo para poder acceder
ellos a tecnologías médicas de diagnóstico, tratamiento y dispositivos
médicos. Sin embargo, el acuerdo no cumple la demanda inicial de los
países de menor desarrollo de lograr la prórroga hasta que un país
alcance el estatus de país adelantado. Por ello, algunas organizaciones
humanitarias señalaban que resultaba “vergonzoso que los países ricos se
opongan a la petición justa de los países menos adelantados en cuanto a
esta demanda”. De todas formas, esta decisión del Consejo de los
ADPICs/TRIPs de la OMC , permitirá a los países menos desarrollados
retrasar la aplicación del Acuerdo hasta el 1 de julio 2021, pudiendo
estos países, al final de este período, solicitar prórroga.
La decidida determinación de algunas delegaciones de
países de menor desarrollo como Nepal, resultaron fundamentales para
vencer la resistencia de países desarrollados con alta influencia sobre
la OMC, así como también la acción comprometida de grupos de la sociedad
civil que por décadas se dedican como en el caso nuestro, de proteger
los Derechos Humanos y el Derecho a la Salud, buscando el acceso a
medicamentos esenciales y una atención en salud de calidad aceptable.
Con este acuerdo se eliminan también algunas
condicionalidades que impedían a los países menos desarrollados asumir
reformas sobre propiedad intelectual, al sentirse presionados para
reconocer obligación de cumplir con el acuerdo ADPIC/TRIP para la
protección de propiedad intelectual no pudiendo reducir el ámbito de
protección. Esta condición vinculante en realidad negaba el margen de
actuación de los países de menor desarrollo, que ahora podrán abstenerse
de aplicarlo durante el período de transición. La nueva decisión prevé
un "máximo empeño", es decir, que los PVDs expresan su postura que ahora
no están bajo un compromiso vinculante para hacer retroceder sus
legislaciones sobre propiedad intelectual, así se les permite responder a
sus necesidades particulares, resumiéndose el acuerdo en que "ninguna
disposición de la presente decisión impedirá a los Países Menos
Adelantados Miembros, de hacer pleno uso de las flexibilidades previstas
en el acuerdo para hacer frente a sus necesidades ...."
Los países en vías de desarrollo, esperan sin
embargo recibir todo el apoyo de las agencias de naciones Unidas (UN)
como ser la OMS y de otras como la OMC y la OMPI, para hacer un uso
efectivo del período de transición y poder beneficiarse de transferencia
de tecnología, edificando su capacidad propia
antes de la expiración de los períodos de transición
establecidos. Los países menos adelantados deben ahora evaluar su
situación y podrán solicitar una extensión el año 2016 con respecto a
los productos farmacéuticos, y el año 2021 respecto a disposiciones del
acuerdo sobre los ADPICs/TRIPs.
Si bien esta es una buena noticia contrasta con las
deliberaciones de la 66va Asamblea Mundial de la Salud (WHA Mayo 2013),
donde nuevamente quedo en evidencia que mientras la magnitud y urgencia
de los problemas de salud se agravan, las propuestas de cambio en cuanto
a investigación y desarrollo (I+D) se posponen, tras el informe del
Grupo consultivo de expertos (CEWG) (Consultative Expert Working Group
on Research and Development) que recomendaba a la Asamblea adoptar una
convención internacional sobre la investigación y el desarrollo (I + D )
que comprometiera mas a los estados miembros acciones decididas para
generar mayor investigación y desarrollo sobre enfermedades que afectan
principalmente a poblaciones pobres del mundo y no solo resulten
motivadas por atractivos incentivos del mercado en base a los derechos
de patente y que para las organizaciones de Derechos Humanos resultan
insuficientes
Los países del sur durante la asamblea, con
preocupación, veían más limitados sus esfuerzos para lograr una voluntad
política internacional, que asegure recursos técnicos y financieros
para que I+D respondiera a las necesidades sentidas de salud de sus
poblaciones. Ahora con esta medida de la OMC recobran el aliento para
continuar esfuerzos para que el modelo de innovación basado en los
derechos de propiedad intelectual, en los monopolios y precios
arbitrarios, termine su ciclo. Hacemos votos que así sean.
La Paz (Bolivia), 17 de Junio del 2013
Oscar Lanza V. (MD,MPH)
Fundador AIS-CODEDCO-IBFAN-FUNAVI (Bolivia)