Carlos Conde
Propintel-Universidad Externado de Colombia
12 de octubre 2014.- El Tribunal de Justicia de Rio Grande en Brasil
falló en favor de Monsanto al permitir que esta empresa estadounidense
pueda hacer efectivos los derechos que le otorgan las patentes sobre
semillas de soja modificadas genéticamente (Round Ready), y así obligar a
agricultores brasileños a pagar por el uso de esta tecnología (ver el
caso completo aquí).
El Tribunal de Río Grande revocó la decisión en primera instancia, la
cual suspendía el cobro de comisiones o compensaciones hechas por
Monsanto a agricultores brasileños. La decisión de primera instancia
permitía a los agricultores locales la reutilización y venta de semillas
de soja, sin importar si existía una patente. Los agricultores locales
demandaron a Monsanto a través de una acción de grupo con base en los
siguientes argumentos: los demandantes alegaron que Monsanto no podía
reclamar derechos de propiedad exclusivos en forma de patentes sobre las
semillas de soja, porque la patente de esta compañía estaba en
violación de la Ley de Variedades Vegetales de Brasil (Ley no. 9456/97)
(Véase esta ley aquí)
en particular, su artículo 10, el cual permite a los agricultores
utilizar o vender como alimento o materia prima el producto de su
siembra sin tener que pagar ninguna tasa adicional.
Sin embargo, la opinión mayoritaria de la Corte señala que la ley debe
ser interpretada en el sentido en que los productos o procesos que han
pasado por la intervención humana mediante técnicas transgénicas,
incluidas las semillas, son objeto de patentes. En otras palabras, la
información genética y la tecnología empleada por Monsanto es objeto de
patentes de acuerdo a Ley de Patentes brasileña (Ley 9279/96, véase la
Ley aquí).
Por lo tanto, el tribunal llegó a la conclusión que Monsanto tiene
derecho a reclamar las regalías de los agricultores locales, siempre y
cuando la patente sobre la soja modificada genéticamente sea válida.
Esta decisión aún puede ser apelada ante un tribunal superior (más
información sobre la decisión aquí).
Esta decisión tiene algunas similitudes con el caso Bowman, en el
cual, un agricultor estadounidense, Vernon Bowman, trató de emplear a
una laguna jurídica en la ley de patentes de los Estados Unidos para
reclamar que en el caso en el cual un agricultor compra soja de un
elevador de granos (que normalmente se utiliza para vender semillas como
producto final para el consumo) y, tiempo después, lo planta en su
propia granja. Bowman argumentó que los derechos que se le otorgan a
Monsanto por medio de una patente habían agotado al momento en que la
soja se vendió a un elevador de granos. La Corte Suprema de Justicia
falló a favor de Monsanto argumentando que el derecho del titular de una
patente sólo se agota para un producto en particular, pero no para la
invención. Por lo tanto, las patentes aseguran que quien compra un
producto en particular no puede replicarlo y venderlo sin la
autorización los titulares de patentes(más información en este caso ver aquí).
Aunque la decisión del Tribunal de Río Grande se centra principalmente
en si sobre la soja modificada genéticamente es objeto de una patente o
una variedad vegetal, ambas decisiones reconocen el derecho de Monsanto
sobre la información genética y la tecnología en la soja modificada
genéticamente (Round Ready). Si tribunales superiores en Brasil deciden
mantener el fallo del Tribunal de Río Grande, agricultores locales
aumentaran su dependencia tecnológica a empresas como Monsanto.