lavanguardia.- La Organización Mundial de Propiedad Intelectual ha establecido un
límite del 20 por ciento en ingresos por derechos de música objeto de
reparto a la franja nocturna, según ha informado este jueves 20 de julio
la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) en un comunicado.
Este laudo llega un mes después del registro policial de la sede de
la SGAE y de la detención de 18 personas relacionadas con la denominada
"trama de la rueda", un supuesto registro fraudulento de modificaciones
de obras originales sin variación alguna de las auténticas para ser
emitidas en programas nocturnos de televisión.
Este arbitraje internacional notificó este miércoles día 19 a la SGAE
el laudo dictado en el procedimiento al que la entidad se sometió por
acuerdo de su Junta Directiva el 21 de diciembre de 2016 y que es de
"aplicación directa", por lo que la entidad ya trabaja en los cambios
necesarios para que el próximo reparto se rija por los criterios
establecidos.
En concreto, el laudo, establecido de manera "unánime" por los tres
árbitros designados, establece que en la franja de madrugada, al
"carecer de audiencia significativa y de valor comercial", se conceda un
total de lo recaudado de cada uno de los usuarios que ascienda a una
cantidad fija que oscile entre el 10 y el 20 por ciento de ese total
recaudado (sugiriendo que se sitúe en el 15%).
LO INAUDIBLE NO GENERA DERECHOS
En el resto de franjas, el tribunal señala que deberá procederse a un
nuevo reparto con la cantidad existente después de aplicarse el
apartado anterior. Además, respecto a los fondos musicales y su reparto,
los fondos no audibles o inaudibles no podrán generar derecho alguno de
reparto; mientras que ve "razonable" reducir un 50 por ciento la
asignación de derechos de los fondos "escasamente audibles".
De esta forma, se deberá redistribuir el sobrante que supere el
límite establecido entre el resto de franjas en función de la
ponderación que actualmente tienen establecidas. Así, "se evita la
actual distorsión del reparto y se equilibra el reparto de derechos
entre el resto de franjas", según indica la SGAE.
Las cuestiones sometidas a resolución ante este tribunal han sido,
por un lado, la determinación de las ponderaciones de valor que se
otorgan a las distintas franjas horarias en el reglamento de la SGAE
para hacer el reparto, especialmente a la franja nocturna, debiéndose
fijar los criterios que tienen que seguirse para su establecimiento.
Asimismo, las normas para admitir o rechazar las obras declaradas por
los usuarios en emisiones de música de fondo, que se transmiten con un
nivel sonoro notablemente más bajo al de las emisiones ordinarias.
Con este laudo se pone fin a un largo conflicto que ha afectado a la
SGAE en relación con el reparto de derechos de autor en las denominadas
franjas horarias nocturnas en las televisiones. Según ha destacado la
SGAE, "la gran cantidad de agentes implicados y los intereses
contrapuestos en este asunto ha dificultado la solución interna, motivo
por el que se solicitó un arbitraje".