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01 de junio de 2026
WASHINGTON.- Hoy, el Representante de Comercio de los Estados Unidos determinó bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 que algunos de los actos, políticas y prácticas de Brasil relacionados con el comercio digital y los servicios de pago electrónico; aranceles desleales y preferenciales; aplicación de la aplicación de la corrupción; protección de la propiedad intelectual; acceso al mercado de etanol; y la deforestación ilegal son irrazonables y cargan o restringen el comercio de los Estados Unidos, y por lo tanto son procesables bajo la Sección 301 (b) de la Ley de Comercio.

















